Se aprobó la creación de un registro de "trapitos" porteños

No hay un registro de eso allá? No sé como se manejarán, acá hay un registro, o sea los tipos que te cuidan los coches tienen una identificación, chaleco naranja y te hacen una boleta.
Y hasta está especificado en las calles cuales son las que están bajo el servicio y cuales no.
O tiré fruta a lo loco

Me parece buena la regulación. Más allá de si gusta o no el “trapito”, la realidad indica que existen como emergentes de una problemática social de larga data y soy de los que piensan que debe legislarse sobre problemas existentes, nos gusten más o menos.
Doy un ejemplo para explicarlo mejor. Supongamos que moralmente me opongo al consumo de drogas. Si nos basamos en prejuicios morales para no legislar (o siquiera discutir) y prohibimos sin hacer más abarcativa una cuestión compleja, no solo se fomenta el mercado paralelo tan proclive a las mafias, sino que además el Estado pierde su capacidad de control con todas las consecuencias que ello conlleva. El mismo ejemplo sirve para otro tema bastante espinoso: el aborto. Debemos preguntarnos si el hecho de que sea ilegal “ayuda” a que disminuyan los casos o si su ilegalidad es la otra gran parte del problema. Cuando no la principal.
Volviendo al tema puntual, espero que se corte con el tongo que tienen las barras, los dirigentes y la policía. Tampoco hablo de justificar cuando en un recital te quieren cobrar 80 mangos a 15 cuadras de la cancha. Eso me parece una burrada total. Darle tratamiento y enmarcarlo en una ley es un avance en dicho sentido.

de acuerdo en parte. Calculo que coincidirás que no se puede tampoco, legalizar todo aquello que existe, porque sino deberíamos legalizar asesinatos, robos, secuestros, violaciones, etc.
Entonces el problema de esto lo encontramos al establecer límites. Que cosas podemos tolerar, y podemos legislar para ayudar a solucionar el asunto, y en cuales el estado tiene que ejercer sus mecanismos de control para erradicarlo.
Ahí radica la discusión, creo.

Yo no le veo mucha compatibilidad al agurmento de la droga con los trapitos. De hecho estoy de acuerdo con que se regularice, pero que se regularice de una manera en la que el ciudadano no pierda y tenga garantías.

Coincido totalmente con tu planteo. Pero nos guste o no, ser “trapito” es el oficio de muchas personas que han quedado, por diferentes razones, fuera del sistema y hacer una comparación con asesinos no me parece el mejor ejemplo. Sé que no lo hiciste, me refiero a que por naturaleza todo tiene un límite de tolerancia. Una cosa son asesinos y otra trabajadores. Si hablamos de erradicarlos tendría que ser a cambio de erradicar la falta de trabajo, cosa en la que si bien estamos muchísimo mejor que en otras épocas (7,2%), aún es un problema grave. Sobre todo lo es, la pobreza estructural y sus consecuencias.
Enmarcar en una ley a personas que están trabajando (en muchos casos sirviendo a intereses espurios y oscuros) dándoles la posibilidad de hacer aportes y que el Estado recaude con ello, que cuente al menos con mínimos servicios sociales me parece, inclusive, más práctico que forzar su desaparición.
Hace unos años había, si no me equivoco, jubilados que tenían un chaleco naranja y te cobraban 1 mango la hora. Hay calles en CABA que tienen parquímetro y te cobran por estacionar en “lugares públicos”. Yo no escuché a nadie quejarse por eso. Un poco de demonización a la pobreza hay.

Abrazo!.

¿Qué sería “ganar” y tener garantías?. Te pregunto sin ningún tipo de sorna pero no me quedó claro el punto.
Puede que no sea compatible lo de las drogas. Era solo un ejemplo para explicar que detrás de todo estoy hay una problemática que no debe simplificarse en los “derechos” de los que pagamos impuestos.

Abrazo!.

Bueno en principio, no dije ganar, dije no perder. Y bueno, vamos por partes:

Ganar para el ciudadano sería, que el estado financie un sistema de seguridad un poco mas personalizado para sus autos, que por la cuadra o cuadras haya una persona que tenga comunicación directa con la policía no sólo para los robos de autos, sino tambien para ser un ojo vigilante mas en el caso de robos, abusos, etc, y que ésto no le signifique algún costo adicional, que de hecho no corresponde ya que el trapito es una imposición, no una necesidad del ciudadano.

Garantías, que si el trapito no cumple con su laburo, alguien se haga cargo de eso. Si mi auto queda bajo el cuidado de un trapito, me rompen una ventanilla, me lo rayan, me lo roban, que tenga a quien recurrir. No un “qué querés que haga?” o “ya estaba rayado” o “no se, ni vi nada”.

Eso que te digo es lo primero que me viene a la cabeza, como para justificar una regulación razonable. Para éstas cosas yo no distingo la clase social de quiénes lo hacen, meter a todos en la misma bolsa como los malos, es un error, ponerlos a todos en la bolsa de pobres víctimas, es vender humo.

El trapito es consecuencia de una problemática social de larga data, pero el kirchnerismo hace ya 8 años que convive con ella, o tambien le vamos a echar la culpa a gobiernos anteriores por 8 años de inacción y proliferación de éstos personajes?

Sigo esperando el por qúe está bien que yo le tenga que dar plata a un tipo para que me “cuide” el auto, en un lugar público, de libre estacionamiento, aunque yo no lo requiera.

No creo que sea por demonización a la pobreza. A la gente lo que no le gusta es la forma extorsiva. A mi no me jode un pibito o un viejito que me estira la mano para pedirme una colaboración. Me jode el pseudo barra que viene y de mala manera te dice que son 20pé.
Como dije antes, si esta ley sirve para eliminar la extorsión y regularizar la actividad buenisimo. Ahora si lo único que va a pasar es que le den chalequitos naranjas a los mismos extorsivos, me parece q no sirve para nada.

Está bueno que la gente que ha quedado excluída del sistema laboral encuentre este tipo de rebusques, pero seamos conscientes que esta categoría de subempleo no debe ser una solución definitiva, porque no es trabajo productivo.
La idea debería ser permitir esta subsistencia, y mientras tanto que se siga trabajando en la incorporación real de esta gente a la verdadera industria laboral.

Eso tiene que ser también una política de estado. Es lo mismo que planteo siempre con este tipo de medidas. Se toma una medida, con la cual no estoy en desacuerdo, pero se la interpreta como un “fin” cuando realmente debe ser un medio hasta que se llegue a la solución de fondo.

Por ejemplo, pregunto, y sin querer generalizar, pq la verdad no conozco ningún trapito, pero asi como el Indec considera desocupado a aquel que busca trabajo y no encuentra. Buscarán aquellos que son trapitos laburo durante la semana? tratarán de no seguir trabajando de eso e incorporarse a una fábrica por ejemplo? o a una empresa?
Ahí es donde el estado tiene que insistir, y tratar de encontrarles laburo, o capacitarlos, no se.

Algunas cosas comparto de la regulación. Respecto de los trapitos y el kirchnerismo, quien gobierna la ciudad es el PRO y no el FPV por lo que esta tiene su propia autonomía. Los índices de pobreza y falta de trabajo han bajado de manera considerable en los últimos ocho años: esto es un dato objetivo por fuera de mi apoyo al Gobierno.
Macri gobierna la ciudad hace 4 años y no solucionó (como tantas otras cosas) la informalidad de esta actividad. Quiso imponer su proyecto para “erradicar” al trapito y no pudo. Salió uno consensuado de la oposición. Creo que ni vos ni yo sabemos en qué consisten los pormenores de la nueva ley que regula la actividad. Sería interesante buscar información. Sobre todo para saber cómo fue abarcada por los legisladores.
Pablo, vos no ponés a todos en la misma bolsa pero estas cosas afectan a un solo sector de la sociedad e históricamente ha sido así: el de bajos recursos. Lo de vender humo corre por tu cuenta porque en ningún momento hice una idealización de la clase baja. Sí considero que corren con desventaja por situaciones de la vida y por eso mismo puedo ser un poco más contemplativo respecto algunas cuestiones. Con esto no estoy avalando toda la runfla que hay atrás de los trapitos pero me parece lo más justo que separemos la paja del trigo. El problema, por caso, no es el tipo que está con el trapito, sino el que lo maneja haciendo los “arreglos” pertinentes. Para sacar a todo el residuo mafioso me parece lo mejor que el Estado ocupe ese lugar.
Por otra parte, no estoy diciendo que esté bien que te cobren por poner el auto en la calle. Te puedo decir que el proyecto contempla que el aporte será ad honorem, por lo que lo tendrás a consideración tuya si dejás o no dinero. Tampoco entiendo por qué no te quejás del parquímetro que también te cobran por estacionar en el espacio público. Se me ocurre que los trapitos podrían utilizar ese tipo de espacios por ejemplo. Por otro lado están ofreciendo un “servicio”. Lo que sucede es que al no ser regulado están los chantas que te cobran 80 mangos, te pinchan la rueda si no les dejás la guita y cuando volvés no hay nadie. ESO ES INDEFENDIBLE. Pero no todos laburan de esa manera. A eso apunto. Por eso considero saludable que el Estado imponga pautas de trabajo en pos del bien general.
Abrazo!.

No me quejo del parquímetro porque acá no se habla de parquímetros, siempre se desvía el foco de la discusión para otro lado, acá opinamos de los trapitos, cuando haya un thread de parquímetros lo hablaremos, y trapitos no hay solo en GCBA.

El único sector de la sociedad que históricamente es el perjudicado es la clase media.

El proyecto contempla el aporte Ad Honorem, sigue perdiendo el que tiene auto.

Aparte siempre lo mismo, se quejan de la diferenciación que se hace entre el porteño y el resto, pero cuando hay que tirarle mierda a un gobierno opositor, ahí la diferenciación es bien válida. Pasa ahora con los trapitos, pasó antes con los inmigrantes que recorren la mitad del país a lo largo pero terminan desembocando en Capital Federal y pasará cada vez que tengan un problema de envergadura nacional o provincial, pero que sea mas fácil echarle la culpa a Macri.

Regularizar para que siga siendo exactamente lo mismo, me parece al pedo. Regularizar y darle una utilidad, es otra cosa. Siempre lo mismo la clase media es la que termina perdiendo.

por supuesto… aquí parece que todo el debate se centra en cómo legalizar el hecho que le saquen plata al automovilista, nada mas… no se habla de una regulacion a una contraprestacion a un pago, pareciese que no interesa eso, lo único que importa es darle un marco legal a un tipo que le exige plata a otro

Por supuesto, siempre el que termina perdiendo es el ciudadano común y corriente que paga sus impuestos. Esta ley solamente fomenta que mil vagos estén en las calles cuidando autos, se aparecen cuando ni siquiera uno los solicita. Vienen con bravuconadas y uno por miedo, termina pagándoles porque cree que el auto va a terminar golpeado o algo si es que uno no suelta unas cuantas monedas. ¿Para qué paga entonces uno el seguro del auto? Se necesita mano dura y erradicar este tipo de actividades. Ojalá Macri vete esta ley.

No comparto lo de mano dura ni tampoco que la perjudicada siempre es la clase media. La clase media fue de las más beneficiadas estos últimos años. También, por suerte, se les dio un lugar en la sociedad a los sectores más humildes, menos pudientes y se hicieron medidas fantásticas como la Asignación Universal por Hijo. Esa medida en sí misma generó menos deserción escolar y un 25% de aumento en la matrícula de inscripción. Además están obligados a vacunarse para cobrar la totalidad del subsidio. Pero 30 años de desguase estatal y social no se modifican en ocho ni en doce años de gobierno. Eso va a suceder cuando, lentamente, los sectores que no pueden ingresar en los sectores formales de la economía lo vayan haciendo. Mientras tanto vamos a seguir hablando de trapitos, de manteros y de economía informal. Eso excede al gobierno en cierto punto. Es un proceso lento.
“El proyecto contempla el aporte Ad Honorem, sigue perdiendo el que tiene auto”. Timba… ¿dos mangos te parece salir perdiendo?. Decimelo con una mano en el corazón. Y si es Ad Honorem no perdés nada porque lo decidís vos.
No creo que sea fomentar vagos como dijo Gianluca. Es un trabajo. Tal vez no es la concepción que muchos de nosotros tenemos sobre proyectarse económicamente. Pero para eso es fundamental aceptar que nuestras condiciones y posibilidades nos permitir concebir las cosas desde otra perspectiva. Por eso es que, creo yo, que hay que ser más contemplativo en cuestiones sociales.
La mano dura, la represión constante, la imposición sin sustento de trasfondo son medidas de corto plazo que en general tienden a agravar los conflictos en vez de solucionarlos.

Para vos sera un trabajo, para mi y muchos es una avivada. Y no son dos pesos como decis vos, por estacionar a la vuelta de mi casa, a DOS cuadras del parque centenario me pidieron 10. Y ahora, nada de “te doy a la vuelta”.

Jajajaja, si obvio Macri va a vetar la ley, porque esta prendido con las barras que aumentan sus ganancias con ese curro tan hermoso de cobrarte 50 pesos cuando te cuidan el auto en un recital o en la cancha. Que tendra que ver la mano dura con esto no?


No hay que generalizar Ricky, por Liniers o Flores, a mi me lo cuidan y cuando vuelvo les doy dos o tres pesos y listo.

El ejemplo del dueño de Taz no fue un ejemplo literal. De hecho no me consta de que sea un dueñO. Quizas es una dueñA, o varios dueños. Y eso hace que mi argumento ya sea errado. Lo que me referia con mi ejemplo, es que depende quien nos meta la mano en el bolsillo, a veces hacemos mucho ruido y otras veces no decimos nada. Y lo sigo pensando. Tampoco hable de nadie en particular, o sea no hable de vos, fue en general, en donde ni siquiera me exclui.

Yo no se la utilizacion que cada uno le dara al foro, todo tipo de utilizacion me parece valida. Yo simplemente entro al foro a opinar, expresarme y divertirme. No es mi intencion ni hacer amigos, ni conocer gente, ni levantarme una mina. Solo una forista conoce mi jeta. Digo esto en respuesta a vender humo, o hacer nuestro argumento mas noble. No, no es mi intencion vender humo ni querer quedar noble con timbadrums, ni con personas que ni conozco, ni conocere seguramente. Me da igual quedar como un boludo, un hijo de puta o un copado.

Yo simplemente me limito a leer lo que pones ( sin ningun tipo de apreciacion a tu persona, ni si haces tareas desinteresadas o no, ni si ayudas a personas o no, o si tu finalidad es tener un argumento noble o no, ya que no te conozco) y puedo estar de acuerdo o no. En este punto no estoy de acuerdo, quizas en otros si.

Vuelvo a repetir. Yo no digo que lo que hacen los trapitos este fantastico ni mucho menos. Simplemente creo, que el estado antes de garantizarme a mi que pueda ir a jugar al futsal sin que me rayen el auto, le debe garantizar al trapito la oportunidad de un trabajo digno y una educacion digna que no lo lleve a realizar ese tipo de trabajo. Me parece que lo priomordial es terminar con todas las lacras que rodean a los trapitos ( ya que hablamos de extorsion, ellos tambien son extorsionados muchas veces por pesonas muy pesadas), y regulandolos seguramente sea un buen paso. No creo que la clase media sea victima, pero si lo fuese no creo que lo sea por la existencia o no de trapitos. Me parece que el trapito es mucho mas victima, aunque tampoco me interesa entrar en esa discusion.

Bueno, muchas gracias por haber sido con respeto, y encima con todo, se agradece.

pero que tiene que ver una cosa con la otra? si yo pago una cerveza, 50, 100, 200 mangos por propia decision, es cosa mía… si yo considero que me están obligando a darle guita a alguien para evitar que le hagan un daño a un bien de mi propiedad, es algo totalmente distinto… y no me vengan que es “a voluntad”, porque si no está debidamente reglamentado como va a ser este pago a un supuesto servicio, sabemos que termina degenerandose para la mierda… se brinda un servicio, el que sea? bueno, reglamentemos como va a ser, cuanto va a costar, quien va a controlar que esto se cumpla efectivamente, y tambien establezcamos responsabilidades en caso de “incumplimientos” por llamarlo de alguna manera al daño que pudiera producirse


como ponés en un decreto, en una ordenanza municipal que el pago de algo es “a voluntad”? eso no existe, es una pelotudez mas grande que una montaña, estas cosas así en la nebulosa, siempre, pero siempre terminan conflictuando mas que solucionando cosas… se va a cobrar para cuidar coches? perfecto: delimitemos las zonas, los horarios, las tarifas, qué pasa si yo pago para que me cuiden el auto y algo le pasa , como me respaldo yo como usuario, cual va a ser el comprobante que me va a permitir a mi hacer algun tipo de reclamos… todas esas cosas creo que se deben tener en cuenta, se deben reglamentar debidamente

La posta es andar con un auto viejo y mandarlos a la concha de su madre.

pero me parece que no es la manera… sino, que se yo, no tengo laburo y me invento uno de “barredor de hojas” de mi barrio: voy con mi escoba, barro todas las hojas que estén tiradas en las veredas, y les exijo a los vecinos que me paguen 50 mangos por el laburo que estoy haciendo… legalizar eso no creo que sea una manera de combatir la desocupacion, es mas darle rienda libre a alguien para que le exija cosas que no correspondan a ciudadanos que no tienen nada que ver con su falta de oportunidades laborales…

yo la verdad que no sé en que me perjudicaría como “ciudadano común”.
de hecho en todo momento se habla de pago ad honoren, por lo tanto si no se te canta el culo darle guita, va a ser mejor ahora que el tipo este identificado.
creo y vuelvo a repetir; el problema es generalizar, seguro hay patotas, barras, delincuentes.
yo he tenido de suerte de cruzarme con gente digna, que esta buscando ganarse el mango, parece que a muchos les cuesta ver que hay gente que esta completamente fuera del mercado laboral, y ve a esto como una salida para darle morfi a su flia.
puede que a alguno moleste, ¿pero que hacemos?
yo creo que regularizar tiene todos aspectos positivos.
respondiendo…
volvemos al prejuicio de que son todos vagos…
seguro tuviste mala experiencia, yo todas buenas… la realidad debe ser un promedio entre lo que te paso a vos y lo que me paso a mi. (no me vengan con que soy del interior, porque cuidacoches hay en todos lados)
yo comente, que la única vez que me sentí apretado, me fui un par de cuadras mas adelante… SE ACABO EL ASUNTO… en cambio si regulas esta actividad, no van a poder venir a exigir cosas que no son… ¿por que? porque en esas cuadras donde estén autorizados van a tener su nombre…
¿que tiene que ver con el seguro del auto?
el seguro, primero que es obligatorio contra terceros por si chocas a otro.
segundo, si lo tenes asegurado contra robo parcial (no todas las polizas son asi), creo que yo prefiero que alguien me lo este mirando, porque las aseguradoras casi nunca pierden en cuanto a lo que pagan.
lo loco de este debate, es que se creen que si macri veta el proyecto no hay mas trapitos; en realidad va a seguir todo como esta…
saludos
Manu


como andas luis?
es que creo que todos estamos de acuerdo en que esta mal que se exija determinado monto…
en cambio, si es voluntario me parece que el concepto cambia un poco.
digo, si no tenes laburo, querer barrer todas las veredas y luego tocas timbre para ver si alguien colabora… ME PARECE MAS QUE DIGNO…


tal cual tom, acá en varias ciudades es así…
de hecho en carlos paz (¿tus pagos?) en verano se fija una tarifa por hora (tipo parquimetro) y le queda la mitad al cuidador, mitad municipalidad.
lo bueno de carlos paz es que se ahorran el asunto de la colaboracion, los cuidadores hacen las veces de parquimetros (de los que nadie se suele quejar).

¿Se dieron cuenta de que en un artículo donde se plantea un “registro de huellas genéticas digitalizadas” que nos concierne a todos, el thread (¡Y la noticia!) gira en torno al registro de trapitos y este otro tema pasó completamente inadvertido?

En cuanto a los trapitos: sistema capitalista, propiedad privada en espacio público, tarea del Estado con su herramienta: la policía. En este caso tenemos una doble falencia de la tarea policial (y en consecuencia del estado): por un lado que fallan en la prevención del delito (es decir los robos en sí, sin robos no habría trapitos), por otro es evidente que donde hay un evento mediano o grande, esa policía que es la encargada de cuidar el espacio público, está liberando la zona para que un grupo de piolas gane en un rato lo que a cualquiera de nosotros nos cuesta un mes ganar. Y esto es así, de ninguna manera se puede explicar que en una zona donde mucha gente está intentando estacionar su auto no haya un puto rati haciendo ni mas ni menos que su trabajo. Por ahí ni siquiera hay guita para el comisario, basta arreglar con el jefe de calle, cuack, o por ahí basta con que arreglen que les liberan la zona, empalan la guita de los estacionamientos a cambio de que “se porten bien los muchachos del barrio”. Mientras no se resuelva el tema de las barras bravas como “pymes” marginales, mientras policía-política-barras siga siendo un triángulo vicioso que se retroalimenta; mientras el que llega al poder, siga valiéndose de las barras bravas para mantenerse, el que quiera el poder deberá valerse del poder de las barras bravas por una cuestión básica de subsistencia y nosotros deberemos conformarnos con registros de trapitos:lol:

Está claro que no estoy hablando del trapito de barrio que espera al vecino y amablemente le pide una moneda, porque casos hay…así como está claro que si esto dá pie a un debate es porque no estamos hablando del vecino y amablemente le pide una moneda, así que ni lo metamos en cuestión.

Si la función del registro de trapitos es conseguirles un trabajo que sirva para algo en serio (en primer lugar para ellos como individuos, y en segundo para el individuo al que le rompe las bolas que alguien se autoadjudique el derecho de pedirle un cánon) bienvenido sea, si es para que los trapitos pasen a ser oficializados, digamos, me parece mal, muy mal: si el estado quiere dar trabajo, me parece perfecto, pero esta especie de keynesianismo laboral, pero apelando al bolsillo del ciudadano me parece bastante mas que discutible, diría inadmisible.

Aparte: ¿Quien va a cuidar al trapito? Una cosa es un atorrante que responde a un poronga de la zona, sino el mismo poronga…otra es un trapito que depende de Macri o cadorna, en la zona que le asigne Macri o cadorna, con los atorrantes y el poronga de la zona.

¿Alguna solución? Se me ocurre: hagamos el registro de trapitos. El lema de la campaña sería: “Donde hay un trapito, hay una necesidad” (?). Donde antes estaba el trapito, va a haber un policía; ahí también ponemos las camaritas para cuidar el auto y el traste del policía, y a los trapitos los capacitamos para operar las cámaras y prevenir el delito acorde al siglo XXI y no a la edad media:mrgreen:. Tarea del Estado construir en las zonas donde sean necesarios estacionamientos subterráneos, ahí tenemos una interesante lista para hacer.

En cuanto a lo del “registro de huellas genéticas digitalizadas”…si no fuera conspiracionista, diría “que bien, esto será una herramienta infalible para combatir el delito”, pero como lo soy digo “que facil nos van a controlar, otro paso hacia 1984” y que fácil es hacerlo pasar entre registros de trapitos:P

El Proyecto de ley es este:

PROYECTO DE LEY
Creación de un Registro de Huellas Genéticas Digitalizadas, No codificante, para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

CAPITULO I Disposiciones preliminares
Artículo 1º. Creación: Créase en el Ämbito de Ministerio de Jusitica y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Registro de Huellas Genéticas Digitalizadas , - en adelante „el Registro“ constituido sobre la base de la huella genética digitalizada obtenida de un análisis de ácido desoxirribonucleico (ADN), en las circunstancias y bajo las modalidades establecidas por la presente Ley.
Artículo 2º. Definición: A los fines de esta ley se entiende por huella genética digitalizada el registro alfanumérico personal elaborado exclusivamente sobre la base de información que comprenda un mínimo de trece (13) marcadores genéticos validados a nivel internacional, que carezca de asociación directa en la expresión de genes no codificantes, que aporte sólo información identificatoria y que resulte apto para ser sistematizado y codificado en una base de datos informatizada.
Artículo 3º. Finalidad del Registro: El Registro tendrá por objeto:
a) Obtener y almacenar información genética asociada a una huella genética digitalziada , a los efectos de facilitar el esclarecimiento de los hechos que sean objeto de una investigación judicial, en relación a la identidad de autores o supuestos autores de hechos delictivos particularmente en lo relativo a la individualización de las personas responsables sobre la base de la identificación de un perfil genético del componente de ADN no codificante.
b) Contribuir a resolver conflictos judiciales no penales, siempre que medie pedido expreso y fundado de la autoridad judicial interviniente y que aquél guarde conformidad con lo establecido en la presente Ley.
c) Facilitar la identificación de personas y contribuir a rastrear el paradero de personas extraviadas, desaparecidas o fallecidas.
d) Discriminar las huellas del personal policial y técnico que intervenga en alguna forma en el lugar del hecho investigado y/o en la obtención/cuidado de la muestra biológicaa para determinar posibles casos de contaminación biológica de la misma.
Artículo 4º. Principio de confidencialidad :La información contenida en el Registro tendrá carácter estrictamente confidencial y secreto.
En ningún caso podrá solicitarse o consultarse la información contenida en aquél, para otros fines distintos a los expresamente establecidos.
Bajo ningún supuesto el Registro podrá ser utilizado como base o fuente de discriminación, estigmatización, vulneración de la dignidad, intimidad, privacidad u honra de persona alguna.
Artículo 5º Naturaleza de los Datos :. El Registro deberá estar inscripto conforme la Ley Nacional Nr. 25.326 en la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales para su efectivo contralor.

CAPITULO II Registración de huellas genéticas
Artículo 6º. Contenido: El Registro estará integrado por las siguientes Secciones :
a) Sección Evidencias y Antecedentes: Integrado por Huellas genéticas asociadas a la evidencia que hubiere sido obtenida en el curso de una investigación policial o en un proceso penal y que no se encontraren asociadas a persona determinada.
b) Sección Víctimas : Huellas genéticas de las víctimas de un delito obtenidas en un proceso penal o en el curso de una investigación policial en la escena del crimen, siempre que la victima no se hubiese opuesto expresamente a su incorporación
c) Sección Fallecidos, Desaparecidos y sus Familiares :Huellas genéticas de cadáveres o restos humanos no identificados, material biológico presumiblemente proveniente de personas extraviadas y de personas que teniendo un familiar desaparecido o extraviado, acepten voluntariamente donar una muestra biológica que pueda resultar de utilidad para su identificación.
d) Sección Imputados y Procesados: Huellas genéticas que se encontraren asociadas a la identificación de personas imputadas y procesadas
e) Sección Condenados: Condenados en un proceso penal o contravencional, debiéndose agrupar las huellas por delitos cometido.
f) Sección personal policial , técnico y cuerpos de seguridad: Huellas genéticas del personal perteneciente a la Policía o a otros cuerpos técnicos o a cuerpos seguridad pública que intervenga en la jurisdicción de la Ciudad.
g) Sección voluntaria : Huellas genéticas de toda persona que voluntariamente manifieste su deseo de incorporar su perfil genético al Registro .
h) Huellas genéticas de la totalidad de los recién nacidos en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir de transcurrido dos años de entrada en vigencia de esta ley.
i) Sección interjurisdiccional, provincial, nacional y extranjera : Huellas genéticas aportadas por otras jurisidicciones, ya sean nacionales, provinciales y/o extranjeras
Artículo 7º. Obtención de muestras: En los casos de los incisos a), b), c), d) y e) del artículo anterior, sólo la autoridad judicial competente en el curso de una investigación o proceso penal, puede disponer la obtención de las muestras biológicas que posibiliten la elaboración de las respectivas huellas genéticas.
En el caso del inciso f) también pueden obtenerse las muestras biológicas por orden de la autoridad administrativa competente y en los inciso g) e i) según el procedimiento que establezca la reglamentación de la presente ley.
Artículo 8º. Incorporación de huellas: El Registro incorporará la totalidad de las huellas genéticas digitalizadas que se hayan obtenido, conforme lo establecido en el artículo anterior.
Artículo 9º. Obtención de huellas de condenados: Facúltase al Poder Ejejcutivo a suscribir convenios con la autoridad nacional correspondiente para que en oportunidad de realizarse los estudios médicos que fija la normativa que regula la ejecución de la pena privativa de la libertad ( art. 13 y 144 de la ley nacional Nr. 24.660) se puedan obtener las muestras biológicas necesarias que permitan obtener las huellas genéticas digitalizadas de las personas quehubieran sido condenadas por delitos cometidos en la jurisdicción de la Ciudad - incluso con anterioridad al dictado de esta ley-, y se encontraren actualmente cumpliendo su condena en establecimientos dependientes del Servicio Penitenciario Federal, con miras a ser incluidas en el Registro.

CAPITULO III Funciones y Responsabilidades
Artículo 10º: Funciones del Registro: Son funciones del Registro:
a) Organizar y poner en funcionamiento una base de datos que registre y sistematice las huellas genéticas digitalizadas conforme lo establecido en los artículos 8º y 9º de la presente Ley.
b) Proceder a la extracción de muestras biológicas que fueren útiles para la determinación de la huella digital genética
c) Recepcionar y cuidar las muestras biológicas que fueren útiles para la determinación de la huella genética.
d) Preservar las muestras biológicas y los resultados que de ellas se obtengan mientras se realiza su procesamiento, velando en todo momento que no sea violada ni interrumpida la cadena de custodia.
e) Proceder a la destrucción de las muestras biológicas , una vez obtenidos los datos identificatorios necesarios para los fines del Registro, y la conservación de una ficha genética con los datos no codificantes, para ser incluidos en el sistema informático. En los casos del artículo 6° inc. a), b),c), d) y e) la muestra deberá conservarse hasta que sus causas cuenten con sentencia firme.
f) Remitir los informes solicitados por el Poder Judicial de la Ciudad,de las Provincias, o de la Nación, o por el representante del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad, de las Provincias o de la Nación respecto de los datos contenidos en la base.
g) Mantener estricta reserva respecto de la información comprendida en el Registro, obligación que se extiende a todos aquellos que en razón de su función tomen conocimiento de su contenido y que subsistirá aún después de finalizada su relación con el Registro.
h) Adoptar las medidas técnicas y organizativas que resulten necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales de modo de evitar su adulteración, pérdida, consulta o tratamiento no autorizado y que permitan detectar desviaciones intencionales o no de información, ya sea que los riesgos provengan de la acción humana o del medio técnico utilizado.
Artículo 11º. Deber de reserva: Toda persona que intervenga en la toma de muestras, obtención de evidencias y determinación de huellas genéticas, deberá mantener la reserva de los antecedentes.
Artículo 12º. Incumplimiento: El incumplimiento de la obligación de reserva establecida en el artículo anterior, conllevará las sanciones penales, administrativas y civiles que correspondan.
Artículo 13º. Deber de cuidado. Quienes, interviniendo en alguno de los procedimientos regulados en la presente Ley en razón de su cargo o profesión pongan en peligro la integridad de la cadena de custodia o permitieren el acceso a los registros o exámenes o a las muestras biológicas a personas no autorizadas o los divulgaren o usaren indebidamente, serán pasibles de las sanciones administrativas, penales y civiles que correspondan
Artículo 14º. Acceso indebido. Quienes, sin tener las calidades referidas en el artículo precedente e ilegítimamente, violaren sistemas de confidencialidad y seguridad de datos, accedieren a los registros, exámenes o muestras de (ADN), los divulgaren o los usaren indebidamente, les serán igualmente aplicables sanciones administrativas, civiles y penales, según corresponda.
Articulo 15: Eliminación de la información genética: Las huellas genéticas contenidas en la Sección Evidencias y Antecedentes, serán eliminadas una vez transcurridos treinta años desde la fecha de su incorporación a éstos.
Las huellas genéticas en la Sección Imputados y Procesados serán eliminados a los 10 años de que hubieren sido absueltos o al retirarse los cargos.

Las demás huellas genéticas contenidas en las restantes secciones, incluyendo la de los condenados con sentencia firme, no se eliminan.

CAPITULO lV Disposiciones finales
Artículo 16º Examenes de ADN. Los exámenes de ADN no codificante sobre las muestras biológicas extraídas, se practicarán en el ámbito del Banco Nacional de Datos Genéticos creado por ley 23.511 y/o en de los Laboratorios públicos o privados que cuenten con habilitación del Ministerio de Salud de la Ciudad y cumplan con las normas internacionales de calidad exigidas internacionalmente, con los cuales el Registro de Huellas Genéticas Digitalizadas realice.
Artículo 17º. Intercambio de información y convenios. El Registro deberá promover el intercambio de información con otros registros análogos de diversas jurisdicciones, incluyendio las extranjeras.
Artículo 18º Reglamentación. El Poder Ejecutivo , por intermedio del Ministerio de Justicia, en el plazo de 120 días, debe dictar el reglamento que determinará las características del Registro de Huellas Genéticas Digitalizadas, poniendo especial atención en:
a) Fijar los tiempos y plazos de su puesta en funcionamiento, que podrá ser total o por etapas;
b) regular los requisitos y condiciones que deberán cumplir las instituciones y organismos públicos y privados que deseen acreditar su idoneidad para determinar huellas genéticas y ser parte de eventuales convenios con el Registro, y
c) establecer los estándares de capacitación con la que debe contar la policia científica que tome las muestras…
Artículo 19º. Gasto. Autorízase al Ministerio de Economía a efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias para atender el gasto que demande la aplicación de la presente Ley.
Artículo 20. Inscripción. El Registro debe estar inscripto en el registro creado a tal efecto por la Ley Nacional Nº 25.326 en la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, a los fines del cumplimiento al Art. 21 de la misma.
[SIZE=2]Artículo 21. De forma. Comuníquese al Poder Ejecutivo. [/SIZE]

Hasta que leí esto:
h) Huellas genéticas de la totalidad de los recién nacidos en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir de transcurrido dos años de entrada en vigencia de esta ley.
Me parecía razonable. Esto me parece muy peligroso de cara al futuro. “una bruja, digo un terrorista”. Es más: no entiendo eso de que no sea obligatorio para todos hoy y sí lo sea para los recien nacidos luego de dos años de sancionada la ley. Ya que nos la van a poner, que nos la pongan ahora en donde sería interesantísimo tener datos genéticos de todos los jóvenes nacidos entre el 76 y el 83.:slight_smile:

Saludos Millonarios, Maxx