Ya se puede consultar el registro de infractores al deber de votar
Quienes no aparezcan en la nómina pueden deshacerse del troquel que les fue entregado a la hora de votar en las PASO.
La Justicia Nacional Electoral habilitó este martes para su consulta el registro de infractores al deber de votar. Allí figuran todos aquellos electores de entre 18 y 70 años de edad que no hayan emitido su voto en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) celebradas el 11 de agosto pasado y no hayan justificado debidamente su omisión ante la secretaría electoral correspondiente al distrito de su domicilio dentro de los 60 días posteriores a la elección.
La no inclusión de un elector en dicho registro alcanza para dar por cumplida su obligación de votar, razón por la cual ya no necesita conservar el troquel que le fue entregado al momento de emitir su sufragio. Asimismo, el no aparecer en el registro da cuenta además de que fue debidamente justificada, en los casos que corresponda, la omisión al deber de votar.
En caso de que un elector aparezca en el registro pese a haber votado podrá solicitar a la autoridad competente su exclusión del registro de infractores. Para ello deberá presentar el troquel que comprueba su sufragio. Si lo perdió podrá solicitar que se verifique su firma en el padrón.
La multa por no votar en las PASO ni justificar dicha omisión asciende a los 50 pesos y se duplicará en el caso de faltar al deber de votar el próximo 27 de octubre cuando se celebren las elecciones Legislativas. La multa podrá pagarse en el Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro con la boleta de pago generada en el sitio web de la Justicia Nacional Electoral.
Ya se puede consultar el registro de infractores al deber de votar
Quienes no aparezcan en la nómina pueden deshacerse del troquel que les fue entregado a la hora de votar en las PASO.
La Justicia Nacional Electoral habilitó este martes para su consulta el registro de infractores al deber de votar. Allí figuran todos aquellos electores de entre 18 y 70 años de edad que no hayan emitido su voto en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) celebradas el 11 de agosto pasado y no hayan justificado debidamente su omisión ante la secretaría electoral correspondiente al distrito de su domicilio dentro de los 60 días posteriores a la elección.
La no inclusión de un elector en dicho registro alcanza para dar por cumplida su obligación de votar, razón por la cual ya no necesita conservar el troquel que le fue entregado al momento de emitir su sufragio. Asimismo, el no aparecer en el registro da cuenta además de que fue debidamente justificada, en los casos que corresponda, la omisión al deber de votar.
En caso de que un elector aparezca en el registro pese a haber votado podrá solicitar a la autoridad competente su exclusión del registro de infractores. Para ello deberá presentar el troquel que comprueba su sufragio. Si lo perdió podrá solicitar que se verifique su firma en el padrón.
La multa por no votar en las PASO ni justificar dicha omisión asciende a los 50 pesos y se duplicará en el caso de faltar al deber de votar el próximo 27 de octubre cuando se celebren las elecciones Legislativas. La multa podrá pagarse en el Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro con la boleta de pago generada en el sitio web de la Justicia Nacional Electoral.
Nunca lo justifiqué, pasa que justo estaba en Capital (vivo en La Plata) y el inútil de la comisaría dijo que tenía que venir hasta La Plata a avisar que no voté… ya era la tarde y no iba a llegar a tiempo acá… en fin
Ahhh pero no tenés justificativo si estabas a menos de 500 kilómetros… Salvo que puedas demostrar enfermedad. El trámite por no voto se hacía en el bajo, en Capital. Yo lo hice y figura por lo que no soy infractora.
---------- Mensaje unificado a las 13:57 ---------- El mensaje anterior habia sido a las 13:55 ----------
Creería que ese día deberías presentarte en tu mesa y luego seguro te manden a una comisaría. O hacé el trámite, pero como sea, no creo que puedas votar (pero lo que sí tenés que hacer es justificarlo).
Yo no voté con modalidad “troquel”, pero entiendo que sirve en caso de que debas demostrar que sí votaste si apareciera como que no lo hiciste. Bueno, ya podés perderlo y seguir tranquilo que no pasa nada
1- aumenta terriblemente la compra de chorizos por parte de la lacra politica Argentina.
2- no va nadie, ya que TODA la clase política argentina es una reverenda mierda, por lo cual el ganador consistirá en quien mas chorizos reparta.
de todas formas y de manera inapelable, los únicos que salen beneficiados en un proceso electoral en la República Argentina, son la manga de hijos de puta que son electos para ocupar un cargo y los fabricantes de chorizos.
¿Cuáles son las consecuencias por no haber votado en las PASO?
El Director Nacional Electoral, Alejandro Tullio, explicó por Radio 10 las sanciones que sufrirán aquellos que no participaron de las elecciones del 11 de agosto pasado.
El Director Nacional Electoral, Alejandro Tullio, informó que aquellos que no hayan votado en las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), celebradas el 11 de agosto pasado, y no paguen la multa correspondiente, no podrán realizar ciertos trámites.
“Si no paga la multa queda como infractor a la ley de voto obligatorio y tienen un impedimento para hacer trámites, para sacar el pasaporte y la licencia de conducir u obtener un empleo público”, explicó en declaraciones a “Hola Chiche” por Radio 10.
Tullio aclaró que “hay que ir a votar el 27 de octubre independientemente de haber votado o no el 11 de agosto” porque “el voto es un derecho y un deber que no puede ser impedido de ninguna manera, salvo por inhabilitación penal”.
La Justicia Nacional Electoral habilitó este martes para su consulta el registro de infractores al deber de votar. Allí figuran todos aquellos electores de entre 18 y 70 años de edad que no hayan emitido su voto en las PASO y no hayan justificado debidamente su omisión ante la secretaría electoral correspondiente al distrito de su domicilio dentro de los 60 días posteriores a la elección.
La multa por no votar en las PASO ni justificar dicha omisión asciende a los 50 pesos y se duplicará en el caso de faltar al deber de votar el próximo 27 de octubre cuando se desarrollen las elecciones Legislativas. La multa podrá pagarse en el Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro con la boleta de pago generada en el sitio web de la Justicia Nacional Electoral.