Economía
Lunes, 06 de agosto de 2012
Nueva resolución de la AFIP: los turistas solo podrán adquirir la moneda del país de destino
A partir del 13 de agosto, quienes viajen al exterior solo podrán adquirir en el mercado cambiario “la moneda de curso legal del país de destino”, según una resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que además determinó que las operaciones turísticas deberán ser confirmadas por las empresas de transporte o agencias de viaje.
Así lo dispone la resolución 3.356 publicada en el Boletín Oficial, que fijó modificaciones en el Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias. Según la normativa, la AFIP "considerará, a los efectos de la validación, el destino informado y las moneda que se pretenda adquirir y, de esta forma, posibilitar que la persona que pretenda viajar pueda acceder a compra de la moneda de curso legal o de uso corriente en el país de destino”.
De esta manera, quienes viajen, por ejemplo, a Uruguay, solo podrán adquirir pesos uruguayos, y si viajan a Brasil, reales. La resolución también fija que “las operaciones de compra de moneda extranjera en concepto de turismo y viajes al exterior requerirán, para su validación, que los datos declarados por el potencial adquiriente sean confirmados por la empresa de transporte aéreo, marítimos, fluvial o terrestre, o, en su caso por el operador turístico interviniente”.
También advierte que “cuando se constate el incumplimiento de las obligaciones establecidas por esta resolución general, el sujeto responsable será pasible de la aplicación de las sanciones previstas en la ley 11.683”.
Fuente: Infonews
Acá el temita es que la moneda perdió un poco de valor desde el 98 y no se actualizan los montos en la misma proporción.
Martes 07 de agosto de 2012 | 08:36.
La AFIP controla las compras mayores a $ 1000 en los súper
Es por una norma de 1998; las compras por más de 1000 pesos obligan al comercio a consignar los datos del comprador y éstos quedan a disposición de los inspectores de la AFIP
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Cada vez que un cliente supere los $1000, en el supermercado deben hacerle una Factura B, donde figuran sus datos… Foto: Archivo
Por un norma de la década del 90, la AFIP controla las compras superiores a 1000 pesos en los supermercados. Las compras por más de $ 1000 obligan al comercio a consignar los datos del comprador y éstos quedan a disposición de los inspectores de la AFIP.
Para no incomodar al cliente, las cadenas de supermercados optan por emitir dos tickets y dividir la compra.
La resolución no es nueva y data del 1998, cuando Carlos Menem era presidente y Roque Fernández ministro de Economía. En ese momento el límite era de $250. El tope fue modificado por última vez el año pasado con la Resolución 3.115/2011 de la AFIP que llevó el límite de compra tipo “consumidor final” (no registrable) a $1.000.
Según informa Clarín , en su edición impresa de hoy, la Cámara de Comercio y la Asociación de Supermercados (ASU) pidieron a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elevar el techo de compras de ticket de “consumidor final”. Los reclamos fueron hechos en 2010 y a mediados del año pasado, pero el tope no fue modificado.
“Lo del corte de ticket es absolutamente cierto, las cadenas tratan de evitar conflictos con el cliente y entonces ordenan a sus empleados que corten cuando la cuenta va por los 950 pesos”, dijo el gerente de una de las principales compañías proveedoras de servicios a todas las cadenas grandes. Y agregó: “Lo que sucede ahora es que esta práctica se volvió habitual. Antes una compra de 1.000 pesos era una rareza, salvo que estuvieras llevando un televisor o una heladera. Ahora, por la inflación, los changuitos de los hipermercados pasan los $1.000 mucho antes de quedar llenos”…
A los peces gordos es mejor soltarlos para no dañar el ecosistema.
En cualquier momento, si agrandás el combo te cae una inspección en AFIP.