No está en curso una investigación judicial con varios procesados ?
No está en marcha un plan de retiro y mejora de los trenes del Sarmiento y las vías ?
me imagino que piensan que la responsabilidad politica del asunto no se acaba en schiavi y en jaime… jaime hace mas de 3 años que no es funcionario… De Vido, por ejemplo, no estaba al tanto de absolutamente nada de esta red de corrupcion y descontrol que habia? les debe costar creer eso
Es como la estafa con las viviendas de sueños compartidos… va a ir en cana el psicopata de John Lender…pero fatala y de vido que largaron la guita… no son responsables??? vaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaamos…
Qué raro que a devido no lo procesaron, es tan responsable como los demás… tampoco procesaron al interventor de la cnrt, pero sí al anterior, cómo se explica? es protegido de randazzo…
Devido un par de dias antes de la tragedia, salió, como máximo responsable de transporte, a criticar duramente a Macri por no querer hacerse cargo de los subtes… a los dias pasó lo que pasó y parece que ya no era taaaaaan responsable…
EL BELGRANO CARGAS PASARÍA A SER OPERADO POR SOFSE
Con casi siete años de demora, el Gobierno se apresta a completar la reestatización del ferrocarril Belgrano Cargas. El ministerio de Interior y Transporte que comanda Florencio Randazzo prevé desplazar en los próximos días a la gerenciadora privada-sindical que maneja el ferrocarril desde 2006 y transferir la operación a la empresa estatal SOFSE. Actualmente, la línea de cargas –cuyos sueldos paga el Estado– es manejada por la SOE, una heterogénea sociedad que lidera el grupo de Franco Macri secundado por Roggio, Emepa y los gremios de La Fraternidad, Unión Ferroviaria (Pedraza) y Camioneros (Moyano).
Ing. Alfredo Cargniello (izquierda) con gente de los Talleres Ferrovarios de Tafí Viejo
La intención de Randazzo es comenzar a regularizar la atípica situación que afronta el estratégico ferrocarril de cargas desde mediados de 2006, cuando el ex secretario de Transporte, Ricardo Jaime declaró a la empresa en “estado de emergencia” y contrató en forma directa a la SOE que ese momento encabezaba Macri y una compañía china. Tras rescindir el contrato de operación vigente, el manejo del ferrocarril quedaría a cargo de la compañía estatal SOFSE que conduce Guillermo Cháves, cuñado del ex gobernador bonaerense, Felipe Solá y hombre de confianza de Randazzo. Dentro de la SOFSE, ya se armó un equipo encabezado por Alfredo Cargniello (un ex directivo de la privada Ferrovías SAC que maneja la gerencia general) para operar el Belgrano Cargas, una vez que se concrete el desembarco oficial.
Al igual que Aerolíneas Argentinas, la situación legal del Belgrano Cargas se encuentra en una nebulosa. La concesión sigue estando legalmente en cabeza de una sociedad que controla el gremio de la Unión Ferroviaria (UF). Y Pese a que aún no se completó el tramite de estatización, todos los recursos para que la empresa funcione y abone los sueldos los aporta el Gobierno.
El decreto 1771/2008 dispuso la reestatización definitiva y el traspaso de la empresa a las compañías estatales.
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Resolución 585/2012
VISTO el Expediente Nº S02:0018586/2012 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1.037 de fecha 20 de septiembre de 1999 se aprobó el Contrato de Concesión de explotación del sector de la red ferroviaria nacional integrado por el FERROCARRIL GENERAL BELGRANO con exclusión del tramo urbano del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES a favor de la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA.
Que a través del Decreto Nº 446 de fecha 18 de abril de 2006 se declaró en estado de emergencia la prestación del servicio ferroviario de transporte de cargas y pasajeros a cargo de la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA, facultándose a la SECRETARIA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS para realizar las contrataciones necesarias para garantizar la prestación de los servicios involucrados.
Que con fecha 13 de junio de 2006 se celebró un Contrato entre el ESTADO NACIONAL, la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA y la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.) para la operación de los servicios incluidos en la concesión aprobada en los términos del Decreto Nº 1.037/1999.
Que resulta dable mencionarse que la Ley Nº 26.352 de Reordenamiento Ferroviario constituye una manifestación más de la política propuesta por el ESTADO NACIONAL para recuperar y desarrollar la infraestructura ferroviaria y garantizar el acceso a los servicios de transporte.
Que mediante Decreto Nº 1.771 de fecha 29 de octubre de 2008 se dispuso el inicio del proceso de terminación del Contrato de Concesión suscripto con la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA aprobado por Decreto Nº 1.037/1999, a cuyos efectos la SECRETARIA DE TRANSPORTE, actualmente en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se encuentra facultada para elaborar los instrumentos necesarios para llevar adelante el proceso referido, evaluando el nivel de cumplimiento de las obligaciones a cargo de las partes, conciliando las cuentas, la totalidad de los pasivos y activos, el inventario patrimonial de bienes muebles e inmuebles y toda cuestión vinculada con la terminación del contrato.
Que por el Artículo 6° del decreto citado precedentemente se prorrogaron los servicios de gerenciamiento provistos por la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.), de conformidad a las pautas establecidas en el Contrato de fecha 13 de junio de 2006, debiendo la SECRETARIA DE TRANSPORTE verificar su cumplimiento, el estado de cuentas y la determinación de saldos que pudieren corresponder.
Que hasta tanto se pueda dar cumplimiento a la manda establecida en el Decreto Nº 1.771/2008, resulta necesario contar con una herramienta que permita articular lo dispuesto en el Artículo 2° de dicho decreto ante la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA, garantizando así la prestación del servicio ferroviario.
Que se suma a lo expuesto en el considerando precedente, las diferentes cuestiones expuestas por la precitada Sociedad en el expediente citado en el VISTO.
Que por ello se considera conveniente disponer la Intervención Administrativa de la gestión llevada adelante por la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.), la que coadyuvará al control de los recursos de la concesión y/o los asignados por el ESTADO NACIONAL para la explotación de los servicios ferroviarios involucrados, como así también a dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Nº 1.771/2008 y/o a cualquier otra decisión que al respecto tome el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que conforme señala la doctrina, la intervención administrativa puede ser sustitutiva o preventiva, verificándose esta última cuando se traduce en la designación de un veedor para el control correspondiente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios (T.O. por Decreto Nº 438/1992) y sus modificatorias, la Ley Nº 26.352 y el Decreto Nº 1.771 de fecha 29 de octubre de 2008.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE:
Artículo 1° — Dispóngase la Intervención Administrativa de la gestión llevada adelante por la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.), en virtud del Contrato celebrado con fecha 13 de junio de 2006, por el término de NOVENTA (90) días, a los fines del control de los recursos de la concesión y/o los asignados por el ESTADO NACIONAL para la explotación del sector de la red ferroviaria nacional integrado por el FERROCARRIL GENERAL BELGRANO con exclusión del tramo urbano del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES y de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Nº 1.771 de fecha 29 de octubre de 2008 y/o a cualquier otra decisión que al respecto tome el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Art. 2° — Desígnase como Interventor Administrativo de la gestión de la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.), al Licenciado Carlos Domingo ZARLENGA D.N.I. 4.398.984.
Art. 3° — La Intervención podrá requerir la asistencia técnica de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, quienes estarán obligados a asistirla y actuarán en forma unívoca y articulada bajo las directivas que imparta la SECRETARIA DE TRANSPORTE.
Art. 4° — La Intervención administrativa deberá verificar en forma continua y permanente la gestión de la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.), comprobando las funciones administrativas que a diario realice la sociedad en el cumplimento de sus funciones.
A tales efectos deberá remitir a este Ministerio, dentro de los TREINTA (30) días desde la entrada en vigencia de la presente resolución, un informe sobre el estado de situación en que se encuentra la gestión, debiendo mensualmente realizar una actualización del mismo.
Art. 5° — Facúltase a la Intervención Administrativa para disponer la realización de las inspecciones, verificaciones y auditorías necesarias para determinar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.), dotándola de las más amplias facultades para asegurar el cumplimiento del objeto de la presente resolución.
Art. 6° — Notifíquese a la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA y a la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.).
Art. 7° — Comuníquese la presente medida a la SECRETARIA DE TRANSPORTE, a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, a la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO.
Art. 8° — La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA.
Art. 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal F. Randazzo.
La SOE S.A. es una empresa formada por una conjunto de entidades privadas: SOCMA (Franco
Macri), EMEPA, BRT (Benito Roggio Transportes) más un exiguo porcentaje de los gremios ferroviarios
y el Sindicato de Camioneros
Pregunta Daleman… porque te interesa tanto el tema de los ferrocarriles? trabajas ahi? tenes parientes ahi? que onda? se que te lo preguntaron dos veces pero nunca pesque la respuesta.
Siempre me gustaron de chico, además lo veo como una herramienta fundamental para el crecimiento de un país. Para unir pueblos, impulsar economías, achicar distancias y tiempos. Es el transporte mas eficiente y menos contaminador (respecto a camiones y aviones). Tengo el sueño de especializarme en eso mas adelante jaja.
Fíjense la cantidad de pueblos que quedaron abandonados cuando los privatizaron, muchas familias se vinieron a vivir a Buenos Aires y esos pueblos quedaron abandonados, hay cada historia… Hicieron mierda el país.
La idea es ingenieria mecánica y después hay un posgrado en la UBA que hizo este gobierno :oops: con la ADIF. Porque acá no existe la carrera Ingeniería Ferroviaria como en otros paises.
Completamente de acuerdo. Cuando en los 90 planteaban lo deficitario que eran los trenes, nos hicieron un verso de película. Y todos los pelotudos atrás (en algún momento fui uno, aclaro) diciendo “eh, cómo se puede perder tanta guita” por pensar en el tren como una entidad autónoma, olvidándonos de que el tren abarata los costos de los productos, al hacer que sean distribuidos a un costo mucho menor e incluso al transportar a los obreros a bajo costo para producirlos, etc. etc. Sin contar que un tren carguero debe transportar fácil 100 camiones cargados, con lo cual el factor contaminación pasa a crecer a pasos tremendos.
El tren no puede ser evaluado como un gasto. Las vías son las venas y el tren la sangre que hace funcionar a una nación. Y los únicos pelotudos que nos deshicimos de miles de kilómetros de vías somos nosotros.