¿Cuando sale la sentencia de fondo? ¿incluiría también al 161?
la sentencia de fondo es sobre el 161 y el 45… el planteo de inconstitucionalidad es, por lo poco que lei atacando a los articulos por que serian confiscatorios y estarian violando los art 14 y 14 bis de la constitucion…
Ok, pero vos dijiste esperar ¿Cuánto hay que esperar? ¿Un día? ¿Diez años?
Y por lo pronto si no se habilita feria no creo que salga antes de febrero… pero ademas despues quedan las apelaciones… es decir si sale para el lado que salga cada parte tendra que apelarlo…
Hay que ver en que estapa esta el juicio es decir si ya esta para dictar sentencia o si hay pruebas para producir etc etc…
Little por que te preocupa tanto… los juicios de los jubilados contra el estado demoran no menos de 5 años…la justicia lenta no es justicia no?
Los medios de comunicación son el aparato de prensa de los grupos económicos y estamos ante un hecho histórico de limitarlos hasta que venga un Mauricio Macri y les vuelva a dar rienda suelta…
Tenia de esa nomás, que lástima che
aja si pero estamos en un estado de derecho mal que nos pese y hay que fumarse los tiempos dela justicia… como le pasa a los jubilados littl
Por eso te estaba preguntando como son los mecanismos que desconozco y si ya había un plazo.
Pasando en limpio: la corte tiene que volver a pronunciarse si se extiende o no la cautelar. ¿En caso que no se extienda? ¿Quién es el encargado de fallar si es constitucional o no el 161? ¿La misma corte otra vez?
son dos cuestiones separadas… a ver el gobierno supongo que interpondra un extraordinario respecto del fallo de la camara para que la corte confirme o revoque la extension de la cautelar… por otro lado el juez de primera instancia alfonso tendra que sacar una sentencia haciendo lugar o rechanzado la inconstitucionalidad que podra ser apelada por las partes… y pasara a la camara que confirimara o rechazara la sentenciad apelada… y el que no este deacuerdo tendra que interponer un extraordinario pidiendo que resuelva la corte… aca la camara decidira si va o no a la corte salvo que el gobierno meta un per saltum… que podra ser rechazado o admitido por la corte… se entiende?? pero va para largo seguro
¿Y mientras tanto los otros grupos tienen que ir desinvirtiendo o tienen que esperar que pasa con clarinete?
A mí me parece que acá está el as del gobierno porque si realmente sería efectiva la postura de clarín, los otros grupos hubieran hecho lo mismo y esto la corte lo va a evaluar y a reflexionar, porque de todos los grupos que se adecuaron a la ley, solamente hay uno solo que está llorando…
en realidad los otros grupos deberian haber empezado a desinvertir cuando la ley entro en vigencia…la inconstitucionalidad planteada es para un caso particular
El más debil.
Esta derrota del 7D la fabricó el Gobierno al darle tanta importancia a la fecha y anunciando con bombos y platillos cuándo se los iban a empomar. Lo importante es la cuestión de fondo, que será a su favor.
sabes que no se si la inconstitucionalidad no camina… hace unos dias hable con un administrativista que de constitucional la tiene y me dijo que en un punto la ley es confiscatoria…
Claro, las sentencias y decisiones judiciales, en principio, se aplican sólo a ese caso en particular y los terceros no se benefician directamente por esa sentencia aunque si después pueden interponer ellos alguna acción basándose en esa resolución (y el juez tiene la potestad de analizar si le parece pertinente tomar esos argumentos o no).
Hay un detalle en relación a la supuesta contradicción con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación que no es menor, existe un fallo de la Corte Suprema del año del pedo cuya doctrina se sigue aplicando que es “Cerámica San Lorenzo” que permite a los tribunales inferiores de manera diferente a la Corte pero deben fundar bien y conforme a derecho las razones por las cuales se apartan. No leí el fallo como para saber si es ajustado a derecho o no.
Un artículo muy bueno para entender desde lo jurídico en qué situación está la cosa a partir de lo de ayer.
http://www.saberderecho.com/2012/12/tiempo-extra-para-clarin-faqs.html
para mi el error del gobierno fue anunciar a esa fecha con bombos y platillos… ademas de ser totalmente marketinera y de ‘mala leche’ desde su nombre mismo… la primera vez que vi el spot que decia “7D” … y despues decian… ‘de diciembre’ … me parecio una tomada de pelo… era obvio que hacian alusion al “Dia D” de la 2° guerra mundial donde cambiaria el rumbo de la guerra…
por cierto… faltaba un spot mas que dijeran “el 7D… de diciembre a la Hora H… 24 vamos a desembarcar… con las tropas de… la Ley… para hacerla cumplir”… :roll:
Más allá de todo es una mierda que en este país estén una década para interpretar si algo viola o no un artículo de la constitución de 5 renglones, porque no da garantías de nada. Así fue como en el 2002 nos robaron la plata mientras estuvieron años para determinar si la pesificación y la entrega de bonos era constitucional o no, y creo que al final se terminó dictaminando que la causa era abstracta porque ya no se podía resolver o algo así.
Es cierto que los que presentaron plan de adecuación lo van a tener que ejecutar menos clarín que no presento nada???
PD:
Yo no cantaría victoria para ningún lado, a mitad de semana la corte te puede bajar la cautelar y entran con todo en Cablevision. Porque a mitad de año la corte dio el mensaje, fallen de una vez y medio que no le dieron bola, así que ahí también tenés un poco un conflicto de egos dentro del poder judicial y así como acá le pasó una factura la cámara al gobierno de tipo “no te metás en mis asuntos”, no me extrañaría que la corte mande un mensaje a la cámara y al juez de la causa, onda “si te digo que te pongas las pilas para fallar antes de una fecha, fallá antes de una fecha”. Lo importante es que fallen de fondo y que se sepa si es constitucional o no de una vez.