Esto está en el blog de Leone, un representate de socios, el unico q no aprobo la payasada del presupuesto!.
Un grupo de 5 socios desde hace tres años, solicita se reglamente el derecho de pedir informacion q tienen todos los socios de una asociacion civil.
La IGJ lo aprobo y ya intimó al club q lo haga… por supuesto se estan haciendo los distraidos.
leanla, es larga pero debemos saberlo todos
Riverplatenses: un tiro para el lado de la justicia
Para entender lo que hemos conseguido, y que documentamos en este posteo, les sugiero que relean en detalle una nota anterior titulada: “Un hermoso cuento… argentino”. Y cuando digo “hemos conseguido”, me refiero a todos y cada uno de los socios de River que se beneficiarán con la Resolución IGJ nº 585/2010. Indirectamente, los hinchas millonarios también tendrán su recompensa. Entrá y enterate porqué…
Lo primero de todo es dejar asentado que no escribo esta nota como representante de socios de nuestro Club (cuando empezó este tema, ni siquiera lo era). Lo hago como un simple socio. En segundo lugar, vaya todo mi agradecimiento a quienes hicieron posible que la Res. IGJ nº 585/2010 se convierta en una realidad. Me refiero a los socios Roberto Pardo, Miguel Marcilli, Eduardo Moles y Marcela Bianchi. El esfuerzo y la dedicación de nosotros cinco, junto con los abogados patrocinantes, nos permitió alcanzar uno de los objetivos buscados durante tanto tiempo: el derecho a la libre información que una asociación civil debe darle a sus asociados.
Aclarado lo precedente, puntualizaré los elementos que deben ser tenidos en cuenta para interpretar lo que ha ocurrido con esta Resolución y a qué debemos atenernos los riverplatenses:
-Lo obtenido se consiguió más allá de cargos políticos partidarios y quedó demostrado que la voluntad, el compromiso y el profesionalismo de algunos socios pueden alcanzar metas ciertas y concretas. La participación y el involucramiento de los mismos en los temas de la Institución son posibles y necesarios para obtener resultados efectivos y colectivos (para todos). Y, lo más importante, no tenemos porqué aceptar mansamente las decisiones de los circunstanciales dirigentes de turno.
-Todos y cada uno de los socios de una Asociación Civil son dueños de la misma y, por lo tanto, deben obligar a sus dirigentes a que entiendan que son simples mandatarios de sus mandantes. En nuestro país está subvertido este orden natural. Esta Resolución es el primer paso para pedirles explicaciones, para exigirles transparencia y para controlarlos en sus acciones. Repito: sólo el primer paso.
-Lean, por favor, detenidamente los considerandos de la Resolución. Algunos no tienen desperdicio. Por ejemplo los que afirman “…es conveniente reconocer un derecho de información amplio por parte del asociado, derecho que se materializa en el contralor de los libros y la documentación societaria en todo tiempo”, “… la información debe ser lo más completa y veraz posible, de modo de proyectar una imagen institucional que sea amplia, transparente y confiable.” y “… se podría pensar más que en un “derecho” de información del asociado, en un “deber” de información de la asociación”. Tengan presente que los considerandos de una norma son el espíritu de la misma.
Basta un caso real para ejemplificar la diferencia que marcará, en muy poco tiempo, el derecho a la información.
Hace algunas meses se le viene negando la información sobre el contrato del
jugador Rojas a este Representante de Socios. ¿Qué les queda, entonces, a los socios del Club que ni siquiera pueden aspirar a pedir un balance mal dibujado?
Una vez reglamentado, cualquier socio tendrá derecho estatutario a solicitar contratos, balances, facturas, comprobantes, etc. y, en caso de recibir una negativa por parte de las autoridades del Club, se podrá denunciar ante la IGJ, solicitando que controlen y sancionen a las mismas.
Para dejarlo bien en claro: la negativa a la información al socio será equivalente a negarle al mismo el acceso al estadio los días de partido.
-Hasta la fecha, los actuales dirigentes de nuestro Club no han invitado a todos los actores políticos y sociales del mismo para buscar el consenso imprescindible en la elaboración del reglamento del derecho de información del asociado. Ni siquiera hemos sido convocados los hacedores de este logro. Además, sabemos fehacientemente que las autoridades han sido notificadas sobre esta Resolución y que, por ende, están preparando un proyecto unilateral para ser aprobado en Comisión Directiva, primero, y en una Asamblea Extraordinaria, después. La perversidad de nuestro Estatuto lo permite. Por ende, y al no existir, hasta el momento, una convocatoria amplia y desinteresada a todo el mundo River para, de común acuerdo, elaborar esa reglamentación, tendremos que estar muy atentos a cómo se reglamenta este derecho. Derecho que obtuvimos socios comunes y que hoy lo está “manejando”, sin grandeza y con desprecio por los otros, la mayoría absoluta. Ojalá nos equivoquemos sobre el proceder de la actual presidencia (que rectifiquen el rumbo en este tema) pero la realidad marca que, por la mencionada mayoría absoluta que controla todos los órganos de gobierno, se han cortado solos. Olvidándose que el poder no es para siempre y que, algún día, estarán del otro lado del mostrador padeciendo las limitaciones y/o las barreras que puedan estar levantando en el presente.
-El derecho a la información debe ser libre e irrestricto. Por ello, si fueran violados estos preceptos en la reglamentación definitiva de este derecho, volveremos a recurrir a los estamentos que correspondan para reparar las eventuales distorsiones que puedan generarse. Esperamos equivocarnos… y que la reglamentación que se apruebe contemple todas las expectativas por las que algunos socios trabajamos durante varios años.
-Conclusión: lo obtenido es para todos los riverplatenses. Deseamos fervorosamente que los mismos estemos a la altura de las circunstancias haciendo valer la conquista obtenida.
Ahora, nosotros los socios, tenemos la palabra… y la acción.