Es más idiologico que lo que te puede aportar en la práctica…3 mil millones contra 2 billones de la caída de la recaudación.
Es sacar con un balde agua en el Titanic.
3.000 millones de dólares
venga esa ideologia pues
Yo te encuentro una; es un tibio cualquiera…
Por favor saquen la bandera Argentina al lado de Fernández que el no representa a la bandera.
Ya estan preparandose los cacerolos de monoambiente de caballito y palermo viejo
Claro, un tibio te para un país.
Cuanto es la ganancia de techint por año?
Esta bien la idea, pero despues que no se la esten devolviendo con “subsidios del estado”.
Es un tibio, y paro las actividades. Un hombre con pelotas saca un nuevo codigo penal por dnu con penas de 10 años de prision efectiva a quien viole la cuarentena y sin vueltas. Aca violas la cuarentena y te acompañan a tu casa de la mano, y asi y todo te escapas.
Y tampoco hace falta tanto. Un tipo con pelotas te mete preso por no cooperar al del sindicato de los bancarios como hizo Machir con Milagro Sala.
Cuánto te apuesto que si hace eso, le saltan diciendo que es un represor, que hay toque de queda, que saltan los milicos , blabla.
No hay pija que les venga bien gente, media pila. No niego que yo hubiera ajustado más un par de cosas, pero globalmente hay pocos puntos flojos para criticar.
excelente
Que se chupen una pija lo gorilones, lo único que pueden hacer es pegarle a una cacerola con una cuchara desde un balcón y además faltan 2 años para las próximas legislativas. No es momento de tibiezas y gobernar para ganar elecciones.
Hola, te dejo un link con la Constitución Argentina, donde se establece que “el ejecutivo no puede legislar por decreto de necesidad y urgencia en materia penal”.
Yo sé que vas a decir “ahh si tiene huevos se caga en la constitución, esto es una emergencia viejo”, pero una cosa es postear haciendose el loquito en un foro de fútbol y otra es gobernar un país.
Abrazo!
Me largué a llorar
En caso de conmoción interior o de ataque exterior que pongan en peligro el ejercicio de esta Constitución y de las autoridades creadas por ella, se declarará en estado de sitio la provincia o territorio en donde exista la perturbación del orden, quedando suspensas allí las garantías constitucionales. Pero durante esta suspensión no podrá el presidente de la República condenar por sí ni aplicar penas. Su poder se limitará en tal caso respecto de las personas, a arrestarlas o trasladarlas de un punto a otro de la Nación, si ellas no prefiriesen salir fuera del territorio argentino.
Tambien te podria dejar el art 23 de la CN pero podes googlearlo y no hace falta cagarse en la CN sino mas bien, usarla con pelotas.
Está bien, pero vos pediste un nuevo código penal por DNU con penas de 10 años, y en esto que comentás dice claramente que eso no es factible …