PINO SOLANAS /// PROYECTO SUR

Yo tengo una pregunta:

¿hasta qué punto llega el proteccionismo industrial de Proyecto Sur?

Lo que quiero saber es si quieren llevar a cabo un proceso de industrialización por sustitución de importaciones, si van a cerrarles el paso a las importaciones para desarrollar la industria local.

Saludos,

Leandr0

no termino de entender la pregunta… te pongo lo que dice la pagina y un volante que circula…
Vº: CAUSA POR LA RECONSTRUCCIÓN DE LAS INDUSTRIAS Y SERVICIOS PUBLICOS, LA PROMOCIÓN CIENTÍFICO-TÉCNICA Y LA INTEGRACIÓN AUTONOMA DE AMERICA LATINA [LEFT]- Promoción de un proyecto alternativo al modelo agro-minero-exportador[/LEFT]
[LEFT]-Reconstrucción del sistema ferroviario, la flota marítima y fluvial, la industria aeronáutica y satelital con producción y tecnología nacional, garantizando calidad y eficiencia en el transporte de cargas y pasajeros, creando miles de puestos de trabajo calificados. Desarrollo de los servicios estratégicos y fundamentales para consolidar la emancipación.

                  [b]- Creación  de un polo estatal de empresas  públicas[/b] de excelencia, técnicamente modernas, gestionadas con  una auténtica  participación de la comunidad junto a trabajadores,  técnicos, usuarios y  funcionarios, dentro de un régimen de autonomía  que les impida estar sometidas  a los vaivenes de los cambios  gubernamentales y a la corrupción. Dicho polo  deberá actuar como motor  de un proceso de reindustrialización del país  incorporando  conocimientos y tecnologías de avanzada, además de  impulsar la creación  de empresas públicas  latinoamericanas: Ferrocarril del Sur que una el  Caribe con la Patagonia; línea  aérea internacional; flota mercante,  sistema satelital y de telecomunicaciones  y similares- que brinden la  masa crítica susceptible de dinamizar un desarrollo   científico-tecnológico de avanzada con criterios autónomos, que nos  permita  ingresar de modo independiente en los nuevos escenarios  históricos.
                  
                  [b]-  Denuncia de los convenios de  reciprocidad de inversiones[/b] firmados durante el gobierno del  presidente Menem,  en tanto representan un perjuicio para la Nación y  una peligrosa cesión de  soberanía.      [/LEFT]
               [LEFT][b]- Política   internacional que otorga prioridad a la integración latinoamericana  autónoma[/b]: en un mundo donde se están diseñando bloques   económicos y políticos de alcance continental, la integración autónoma  de  América Latina desde el Caribe hasta la Antártida, es una condición  para la  viabilidad histórica de cada uno de nuestros países. Es preciso  conformar un  bloque regional de defensa de la paz mundial y de la  autodeterminación de los  pueblos, capaz de transformarnos en reales  protagonistas de nuestra historia. [/LEFT]
               [LEFT]Se  impulsará el  fortalecimiento de Unasur y la consolidación de iniciativas como  el  ALBA frente a cualquier intento de imponer   la subordinación de nuestro  continente a la voluntad de las potencias de  turno, las interferencias  en los asuntos internos o las sanciones arbitrarias  como el bloqueo a  Cuba, que viene siendo repudiado por una gran mayoría en las  Naciones  Unidas.

"hay que recuperar la soberania en el comercio, las finanzas y los recursos estratégicos, para desarrollar un complejo industrial y tecnológico, en cooperacíon con los países de la región… Bancos y crédito nacional, puertos, transportes, y una infraestructura energética con desarrollos alternativos sustentables, son las bases para reindustrializar; en torno a un polo de corporaciones estatales que, abarcando la industria naviera, ferroviaria, aeronáutica y de otras áreas estratégicas, se articule con las PyME, los emprendimientos sociales, las cooperativas y empresas recuperadas. A la vez que asistir a la pequeña y mediana produccion agropecuaria a través del estado, para que no dependa de los condicionamientos de los agentes oligopólicos del sector.
Estas acciones, junto al fortalecimiento de la moneda nacional, la reorientacion del credito bancario y un sistema impositivo progresivo, que fomenten el consumo popular y el mercado interno, nos permitirán alcanzar una nueva y compleja red productiva, integrada y solidaria…

como no entendi la pregunta, puse lo que encontre:)
[/LEFT]

Sí, yo:

Ante la propuesta de investigar la deuda, se acusa a Proyecto Sur de irracionalidad e irresponsabilidad: en estos mismos momentos el Parlamento de Brasil, con el aval del presidente Lula –al que nadie considera irracional e irresponsable–, está investigando la deuda brasileña de los últimos treinta años. Tampoco es irracional e irresponsable el presidente Rafael Correa de Ecuador, quien abordó una rigurosa auditoría: cuando los acreedores supieron que se habían registrado prolijamente todos y cada uno de los desfalcos cometidos, acudieron pronto a negociar aceptando el pago de una tercera parte de lo demandado.

A la nota le falta explicitar un pequeño detalle: Ninguno de esos dos gobiernos a los que se hace referencia dejaron de cumplir con los plazos de pago previstos al tiempo en que investigan la deuda. Por eso coincido en que no son irresponsables ni irracionales. Pero lo que plantea Proyecto Sur en este caso sì es irresponsable, porque se oponen a un pago (denuncia penal de por medio, actitud a mi manera de ver oportunista) que no modifica ni reemplaza a la auditoría que con mucha razón y derecho reclaman, lo que me hace pensar que más allá de la justicia del reclamo hay un claro interés político. Una cosa no invalida a la otra.

Gracias por responder, pero acá sólo se refiere a la gran industria pública, por así decirlo, que está relacionada con el transporte principalmente.

A lo que me refiero básicamente es a si PSur va a incrementar los aranceles aduaneros para evitar que entren productos fabricados en otros países para que esos productos sean elaborados acá. Eso es algo que se hace en la mayoría de los países del mundo pero algunos lo hacen con más productos que otros. Lo que quiero saber es si apuntan a cerrar la economía al mundo con tal de proteger y desarrollar la industria local.

Saludos,

Leandr0

eheh no entendi bien de donde estamos agarrandonos, aleito…
pero la propuesta de proyecto sur es que se deposite, mientras dura la auditoria, los pagos en un banco neutral y que luego de la misma lo correspondiente vaya para cada lado… o sea, la voluntad de pago está, pero pagar lo que corresponde…


con respecto a lo que vos decis, leandro, sí, la idea es desarrollar la industria nacional, no solo por esos medios comunes en todos lados, sino tambien con la integracion de el sistema de transporte nacional, para que no sea “rentable” solo en capital, rosario y cordoba por decirlo de alguna forma…
cuando se habla de dar priordad y estimulos a las PyMes se hace referencia a eso… eso sí, tengo entendido, que todo esto seria en el marco de un crecimiento e integracion latinoamericana… aunque para ser sincero, tengo que profundizar un poco más el tema…

Una auditoría no se hace de un día para el otro. La obligación del Estado, en tanto no se obtenga una declaración al respecto, es cumplir con los plazos de pago previstos.

Vos y todo PSur en general. Tendrían que dar información sobre el índice de liberalismo económico que va a llevar adelante porque estuve buscando y no encontré nada. Lo más cercano a eso fue de la página rosarina del partido en donde dice que se va a proteger a las industrias más eficientes, pero son sólo un par de palabras. También le envié un mail a Solano y me dijo “agarrámela con la mano”:stuck_out_tongue: no, de verdad, no me contestó el culiao. También hablé con otro militante y no me supo contestar.

Tal vez el creador de este tema sepa, esperaré su respuesta.

Muchas gracias loco, un abrazo.

yo recien estoy empezando a militar en proyecto, solo fui a 2 reuniones que me invito un pibe de la facultad, pero esta semana trato de averiguarte y te contesto…

error! vos te sentas y negocias, que vas a pagar lo que corresponda, pero que mientras tanto hasta que no se sepa cuanto es, el pago se va a depositar en un banco neutral (como garantia de que la plata está) y cuando se sepa cuanto es exactamente lo que se va a pagar, se paga… la obligacion del estado es el bienestar de su poblacion y tiene el poder de negociacion a su favor porque el sistema bancario internacional no esta ni por puta en su esplendor y argentina tiene la liquidez que a ellos le interesa.,… además es una alternativa que se esta dando en america del sur y seria una estupidez no aprovechar el momento para dejar de ser agentes dependientes del sistema bancario internacional…

Bueno, vamos a ampliar la frase anterior: La obligación del Estado, en tanto no se obtenga una declaración al respecto, es cumplir con los plazos previstos del pago de la deuda, así como relizar permanentes renegociaciones estratégicas de la misma.

Lo demás me parece demagogia pura. Utopía en casos más inocentes. Hablar de “bienestar social” es mezclar peras con manzanas, por más que ambos temas estén íntimamente relacionados.

Argentina no tiene ningún poder de negociación en su favor, ni lleva las de ganar, primero porque no tiene argumentos para dejar de pagar una deuda cuya mayor parte fue contraida por gobiernos democráticos y la otra ratificada por estos mismos, segundo porque es dependiente de un sistema económico global cuyos “líderes” son nuestros acreedores. Jurisprudencialmente tampoco tenemos de donde agarrarnos.

Por eso, me parece perfecto que se pretenda investigar si hubo anatocismo u otra ilegalidad en la contracción de la deuda. Mientras tanto, el cumplimiento con los plazos previstos es indiscutible y cualquier intento de boicot va a ser dañino para el país.

error, tiene muchos argumentos a su favor, mas de los que tenia ecuador y tiene mas presencia que la que tenia ecuador… negarse a hacerlo ahora es ridiculo y no aprovechar la oportunidad es condenarse hasta el 2084… (despues te busco todas las cosas a su favor, ahora estoy en otra)

Dale, cuando quieras armamos un thread y ponemos los argumentos a favor y en contra. Yo empezaría por las más de 26 leyes del Congreso entre 1984 y 2009 que tratan sobre servicios y arreglos de las deudas, convalidando sus pagos y por ende su legitimidad.

Sobre lo de Ecuador creo que todavía es algo muy incipiente como para tomarlo como un éxito o un ejemplo a seguir.

Salute.

Si esto lo sostuviera Macri o Carrió, o si en el Gobierno estuviera Menem nuevamente y lo sostuviera, te estarías rasgando las vestiduras. Como antes lo hacías seguramente con la corrupción y ahora es seguramente sólo un detalle del Gobierno con el cual simpatizas.

Argumentos hay de sobra, incluyendo jurisprudencia internacional (Ecuador e Irak) y fallos locales de la justicia que invitan al Congreso (como corresponde) a estudiar la legitimidad de la deuda. Claro que no los vas a leer en Clarín o La Nación (por razones obvias, pero te es mas fácil de ver porque son los enemigos evidentes del Gobierno) ni en 6,7,8 (porque van de la manito con el gobierno y repiten sus argumento, y porque coincide con la postura de Clarín o La Nación, Carrió, Macri, De Narvaez, Menem o Duhalde). Entonces o te la buscás vos o no te la va a mostrar nadie.

¿Querés un thread para hablar de la deuda? Ahora mismo lo armo, pero te pido que antes de seguir repitiendo lo que sostienen tanto los diarios que considerás nefastos para otras cosas, como Kirchner, Macri o Carrió lo leas, porque si no estamos informados no tiene sentido discutir. Si la derecha (esa que tanto temés), llegara al poder en 2011 haría en algo tan desgastante para el presupuesto nacional como la deuda, ni mas ni menos que el gobierno popular y nacional que tanto defendés.

Dame 10 minutos que te armo el thread, que espero te venga bien a vos y a los demás que quieran saber la cara de la deuda que hay que bucear en internet para encontrar.

Creo que dejando de lado la ilegitimidad de parte de la deuda, en la que todos coincidimos, la pregunta más pragmática si se quiere, que habría que responder es: “cuáles serían las consecuencias a corto y largo plazo para el común de la gente en caso de suspenderse el pago de la deuda”. De eso no se habla mucho … desde ya que no lo sé, pero si alguien tiene alguna teoría … bienvenida sea. La parte beneficiosa ya la conocemos, podría destinarse una fortuna de dinero para fines sociales, inversión pública, étc. Ahora, seguro hay una parte negativa también … no ?

Acá armé el thread.
http://www.turiver.com/foros/politica-y-sociedad/53742-la-ilegitima-deuda-externa.html#post2180182

Sigamos en este hablando de Proyecto Sur.
Abrazo! Maxx

Dale, lo termino de leer y traslado la inquietud allá. Sorry por desvirtuar :wink:

Hola master, ¿sabés algo de lo que pregunte antes, sobre el proteccionismo industrial de PSur?

Saludos

Ante la invitación del presidente del bloque del Frente para la Victoria en el Senado Nacional, Miguel Ángel Pichetto, para que la oposición presente un proyecto alternativo al impugnado Decreto 2010/09 que crea el Fondo del Bicenteanrio para pagar deuda externa con reservas del Banco Central.

[SIZE=6]Una propuesta para crear el Fondo Nacional para el Desarrollo, con los US$ 6.500 millones de reservas del Banco Central[/SIZE]

El proyecto modifica la Carta Orgánica del Banco Central para autorizarlo a destinar las reservas de libre disponibilidad a la financiación de pequeñas empresas, a la creación de una petrolera estatal, la reconstrucción del sistema ferroviario y la fabricación de buques y material portuario.

La iniciativa lleva la firma de los diputados nacionales Claudio Lozano, ‘Pino’ Solanas, Alcira Argumedo, Liliana Parada y Jorge Cardelli, de Proyecto Sur; Cecilia Merchan y Victoria Donda, de Libres del Sur; Verónica Benas, Graciela Iturraspe y Eduardo Macaluse, de SI por la Unidad Popular; y Miguel Bonasso, de Diálogo por Buenos Aires.

[b][u][i][SIZE=4]PROYECTO DE LEY

FUNDAMENTOS[/SIZE][/i][/u][/b]

Sr. Presidente:
El debate acerca del uso que debe darse a las reservas en poder del Banco Central, a propósito del dictado del DNU que crea el Fondo del Bicentenario y la Estabilidad por medio del cual se dispone utilizarlas para el pago de deuda pública, amerita un análisis más profundo y riguroso sobre las causas e implicancias que atraviesan a dicha decisión. En los debates que se suelen presentar sobre esta cuestión no se logra percibir adecuadamente un elemento que desde nuestro punto de vista reviste vital importancia. Como si solo se tratara de una discusión donde lo que está en juego es la opción del endeudamiento (al que se accedería luego de usar las reservas para cumplir con la deuda en el 2010 según la estrategia oficial) versus el ajuste (en el que ingresaríamos de no resolver los problemas de financiamiento del 2010, cuestión que no parece preocuparle a la propuesta de la oposición consentida y conservadora), se deja de lado un análisis más básico, pero no por ello menos importante, sobre las condiciones de origen de la crisis del financiamiento público y los efectos que una y otra propuestas conllevan.
Sobre el primer punto, no hay dudas, aunque no se lo considere, que la crisis de financiamiento, es un resultado más (junto a otros), de los efectos que supone el agotamiento de las condiciones que hicieron posible el ciclo expansivo del período 2002 – 2006. Es un dato, aunque se lo pretenda ocultar con maniobras tan burdas como lo es la intervención del INDEC, que desde el año 2007 distintos indicadores dan cuenta del cambio en la etapa económica. La inflación durante el 2007, la desaceleración y fuga de capitales del 2008 y 2009 año en el que se agrega además el estancamiento y caída del nivel de actividad, son signos contundentes de lo expuesto. En este marco y en tanto no se plantee una estrategia coherente que suponga hacerse cargo de esta nueva coyuntura, la ecuación fiscal de las cuentas públicas no puede sino reflejar el deterioro a que da lugar el fin del ciclo expansivo. El aumento de los subsidios por encima del resto de las partidas, conjuntamente con la decisión de no introducir modificaciones tributarias que permitan incrementar con sesgo de justicia distributiva a la recaudación, y frente a la decisión oficial de respetar sacrosantamente el nivel, perfil y legalidad de la deuda pública, conforman el chaleco de fuerzas que las propias decisiones oficiales le imponen a la política de financiamiento público. No se trata de decisiones neutrales en tanto las mismas han conformado un verdadero agujero negro en las cuentas públicas que nadie discute y que para el 2010, en el marco de un presupuesto que tiene una brecha de financiamiento de $58.000 millones, equivalen a una masa de recursos de no menos de $80.000 millones, en concepto de $25.000 millones de pagos de intereses de deuda pública (sin contar los cerca de $84.000 millones de vencimientos por amortizaciones), los $40.000 millones de subsidios y $15.000 millones en exenciones impositivas. Si bien estos $80.000 millones no son de disponibilidad inmediata, su revisión racional permitiría indudablemente contar con mayores recursos para cubrir la citada brecha de financiamiento. En este marco, el uso de reservas para garantizar los compromisos de deuda es una opción a la que se accede luego de renunciar a una variada gama de posibilidades alternativas (discutir la legalidad y legitimidad de la deuda, su nivel, el perfil de sus vencimientos; la renuncia a la reforma tributaria; el no replanteo de los subsidios al capital concentrado, etc.). Ciertamente esta opción no puede discutirse, como pretende la oposición consentida y conservadora, desde la estrategia del ajuste o del endeudamiento a tasas más elevadas. Incluso estas dos estrategias supuestamente antagónicas del ajuste vs el endeudamiento, son en rigor, las dos caras de una misma moneda: en efecto, el endeudamiento permite posponer (en el corto plazo) pero no evitar (a la larga) el ajuste.
Ahora bien, la clave que explica el agotamiento del ciclo expansivo radica en las características que adoptó la inversión en dicho proceso. No se trata sólo de la baja magnitud de la inversión, que en el marco de un crecimiento a tasas chinas, nunca superó el 23,1% del PBI; sino también de la calidad de la misma donde prácticamente casi el 60% estuvo asociado a la construcción. Baja magnitud y mala calidad de la inversión son las causas principales que explican la nueva etapa económica. Sin dudas que estas características están asociadas al particular perfil que adopta el patrón de acumulación en la Argentina. La preeminencia de la obtención de ganancias extraordinarias asentadas en la explotación laboral, las condiciones naturales, el poder de mercado y la regulación pública (privatizaciones, mercados protegidos, etc) definen las condiciones de prescindencia de la inversión como lógica en la obtención de ganancias. Se trata de los efectos que imponen las condiciones estructurales en el devenir específico por donde transcurre la coyuntura económica de nuestro país. Obviamente que resolver estas cuestiones suponen reformas de carácter estructural que conllevan necesariamente a la confrontación con los intereses centrales de los sectores dominantes de nuestra sociedad, con todo lo que ello implica. Sin embargo, no hacerlo no es gratuito. Los costos que en materia de crisis económica recurrente la Argentina ha sufrido desde la reestructuración neoliberal de 1976 hasta nuestros días, son casualmente la consecuencia a que llevan los problemas planteados. En este sentido puede afirmarse que la Argentina de los últimos 33 años ha oscilado constantemente en el dilema que hoy tenemos: Endeudamiento o Ajuste.
Estas opciones hoy se presentan como forma de resolver los problemas de la inversión productiva. Por el lado de la propuesta oficial, la decisión de usar reservas para pagar compromisos de deuda, aparece frente a la dificultad de acceder a tasas razonables al endeudamiento externo. Dificultades que no se han modificado a pesar de la política de desendeudamiento practicada desde el 2003 en adelante (por la gestión de Néstor Kichner), y que tampoco han sido permeables a los gestos de “buena voluntad” que la presente gestión ha realizado con el objeto de “seducir” al denominado “mercado financiero internacional” (ver reapertura del Canje, Propuesta al Club de París, y vuelta al FMI). Así el Gobierno aparece empeñado en reincidir en aquello que ya ha dado muestras acabadas de su fracaso: el comportamiento tradicional que los agentes financieros internacionales le han propiciado a la Argentina no se modifica (no se deja seducir) por más concesiones y gestos de buena voluntad que se le ofrenden. Por el lado de la oposición consentida y conservadora, la propuesta nos dice que Ajustando los gastos “ineficientes” del Estado, este podrá resolver su brecha de financiamiento y con ello acceder al mismo dispositivo de financiamiento externo más barato. Así aunque se presenten como enfrentadas, tanto la opción oficial de pagar deuda con reservas como la propuesta dominante de la oposición conservadora de ajustar comparten el criterio de que Argentina puede retomar su senda de crecimiento si accede al crédito internacional. Esta estrategia, cuyo antecedente más inmediato es la Convertibilidad, ya ha probado su fracaso. Ya sea porque el endeudamiento externo no se traduce en el ansiado Shock de confianza que permita bajar la tasa de interés y que con ello abra la puerta del crédito a los agentes privados o bien porque operándose todo lo expuesto, ello no resuelve los problemas de fondo que pesan sobre la economía argentina. En efecto aún en el caso de que se logre el mencionado shock de confianza y con independencia del volumen de la tasa de interés, la lógica económica imperante no puede aspirar a otra cosa que a financiar el tejido productivo existente. Este fue el caso de la experiencia de la Convertibilidad donde en los momentos en que se verificó la entrada de capitales externos ellos estuvieron asociados, no a ampliar las fronteras productivas, sino dominantemente a realizar compras de firmas locales, con su consecuente efecto de mayor extranjerización de la economía argentina. En el mismo sentido, y con otras fuentes de financiamiento (provistas por el saqueo a los sectores populares que impuso la devaluación), la experiencia reciente del crecimiento post devaluación del período 2002 – 2007, nos indica que el crecimiento a que puede dar lugar la reproducción del tejido productivo vigente no resuelve los problemas de concentración, desigualdad, extranjerización y perfil productivo que hoy tenemos.
Por estas razones nuestro planteo pasa por ubicar a un actor distinto al capital concentrado existente como clave para motorizar y direccionar el proceso de inversión. Ese actor no puede ser otro que el Estado, quien debe canalizar los recursos disponibles para resolver las necesidades productivas que imponen el actual patrón productivo, abriendo con ello nuevas oportunidades de negocios para los agentes privados a condición de acompañar invirtiendo en las iniciativas del Estado. Por tal razón, en el presente proyecto de ley proponemos la creación de un Fondo Nacional para el Desarrollo con el mismo monto de reservas que el previsto en la propuesta oficial para pagar deuda, pero con un destino radicalmente distinto: financiar un proceso de Desarrollo Nacional. No se trata solamente de ampliar el volumen de la inversión, sino principalmente de direccionar este mayor volumen. Por ello proponemos 3 líneas específicas donde deben canalizarse el uso de las reservas:
a)Sector Petrolero: Proponemos crear un Fondo para el Desarrollo Energético que permita financiar La creación de una Petrolera Estatal (PETROAR SE) que esté a cargo de la explotación de los yacimientos ubicados en la plataforma marítima argentina. PETROAR SE podrá asimismo intervenir en el estratégico mercado petrolero con el objeto de capturar la renta del sector (fijando mayores retenciones, invirtiendo en la ampliación de reservas) y distribuirla socialmente y productivamente (fijando precios en base al costo de producción local, desarrollando redes de proveedores locales, imponiendo subsidios cruzados en desmedro de las firmas oligopólicas y a favor de las pymes y los usuarios, etc.).
b)Sector Transporte: Proponemos dos líneas específicas
b.1) Ferrocarriles: Proponemos la reconstrucción de la red ferrovaria sobre la base de recuperar los recorridos abandonados de los pueblos del interior, ampliar la red ferroviaria e impulsar la construcción de todo el material rodante en los talleres ferroviarios locales.
La Recuperación del Sistema Ferroviario Nacional implica ejercer el manejo de la Infraestructura y el Control de la Circulación. Proponemos desarrollar un proyecto de cinco años de duración que implique:

1.Reacondicionar 7.000 Km. de vía uniendo las principales ciudades para circular trenes de pasajeros partiendo de recuperar 12.000.000 de pasajero-viaje.
2.Adquirir 71 locomotoras de entre 1.600 HP y 2.000 HP para los trenes de pasajeros considerando la fabricación nacional con transferencia de tecnología.
3.Adquirir 950 coches de pasajeros (distintas clases y furgones) para los trenes de pasajeros considerando la fabricación nacional con transferencia de tecnología.
4.Ajustar un programa progresivo que ponga en marcha y armonice las distintas etapas del mismo.

El monto exclusivo para pasajeros alcanza a U$S 900 y U$S 1.000 millones. El Sistema de Transporte de Cargas financiaría entre el 60% y el 65% del gasto de infraestructura.
b.2) Industria Naval: Proponemos aprovechar la importancia que reviste el comercio exterior para impulsar la construcción de buques y material portuario en los Astilleros Locales.
Los recursos del Fondo serán aplicados exclusiva y excluyentemente al financiamiento para la construcción, modificación y/o reparación de buques y actividades de investigación y desarrollo, capacitación e incorporación de tecnología en Astilleros radicados en la República Argentina. Se trata de una medida destinada a colocar a la República Argentina en un plano de igualdad con otros países, que actualmente ejecutan sus propios fletes (y los nuestros también) apoyados por una legislación de origen que los asiste, con un mercado interno de fletes protegido y con créditos y subsidios específicos para la construcción de sus bodegas. En este sentido, pretendemos revertir el actual marco de situación, igualando al Armador Argentino con sus competidores foráneos. Para ello, el Fondo de la Industria Naval Nacional proveerá planes de préstamos y subsidios ajustados a cada emprendimiento productivo, a condición de una moderada inversión inicial a cargo del Armador (que a su vez podrá financiar por otros medios externos al Fondo, como sería, por ejemplo, mediante la provisión de equipos del buque que no se construyan en el país).
c) Sector Industrial: Proponemos la creación del Fondo de Reindustrialización y Modernización Productiva para el Desarrollo Local (FOREMODELO), que tendrá por objeto:
> La ampliación de la capacidad productiva y del capital de trabajo a empresas de carácter social, emprendimientos autogestionados por sus trabajadores, cooperativas de trabajo, empresas estatales y pequeñas y medianas empresas privadas de capital nacional, administradas o gerenciadas por su propietario, de hasta cuarenta (40) empleados, y cuyo monto de facturación anual no supere los pesos DIEZ MILLONES ($10.000.000)
> Fomentar el desarrollo competitivo de tramas de producción sectorial, regional y local fortaleciendo sus capacidades e incentivando la creación de nuevas empresas
> Financiar programas de reconversión empresarial que tengan por objeto incrementar el nivel de integración nacional en la producción de los bienes finales así como la articulación sectorial y regional.
> Promover la densificación de las redes de proveedores al interior de cada eslabonamiento productivo, brindando apoyo técnico, comercial y jurídico a los actores más débiles de cada cadena.
> Promover el desarrollo de cadenas de valor local y la articulación de las existentes, incluyendo en ellas a las actividades conexas de apoyo de almacenamiento, transporte y comercialización, fomentando es este sentido la creación de redes proveedores-clientes.
> Desarrollar políticas específicas de comercio exterior que prioricen la generación de eslabonamientos productivos regionales y locales, incrementando el valor agregado de sus exportaciones.
Los créditos destinados al sector privado que otorgue el presente fondo deberán tener las siguientes características:
Los criterios de selección serán.
> La maximización del impacto ocupacional.
> El incremento del desarrollo tecnológico
> Un incremento del balance de divisas, sea mediante la sustitución de importaciones como por incremento de exportaciones.
No serán sujetos de crédito:
> las empresas vinculadas o controladas por Sociedades o Grupos económicos nacionales o extranjeros que en su conjunto no sean pequeñas o medianas empresas,
> las empresas que en proceso concursal o de quiebra.
El costo financiero total no podrá exceder el cobrado por el Banco de la Nación Argentina para créditos con garantía hipotecaria
Las líneas que proponemos para la dinamización y modernización industrial de la Argentina en base a la promoción de las pequeñas y medianas empresas de origen local son coincidentes con el proyecto del Consejo Federal para el Desarrollo Local presentado por el diputado Macaluse (expte. 251-D-2009, trámite parlamentario Nº 2 del 3/03/2009).
Para la administración del Fondo Nacional para el Desarrollo, proponemos la creación de un CONSEJO PRODUCTIVO NACIONAL integrado por representantes del Poder Ejecutivo, del Parlamento Nacional y de las organizaciones productivas sectoriales y sociales que estén involucradas en los sectores seleccionados. Se trata de introducir elementos de debate democráticos sobre las líneas específicas que en cada sector debe adoptar los recursos asignados. Este Consejo Productivo Nacional es compatible con la creación de un Banco de Fomento Industrial, tal como fue presentado por el Diputado Bonasso (expdte.: 4825-D-2007, trámite parlamentario Nº 137 del 4/10/2007).
Porque consideramos que las condiciones para poner fin al agotamiento del ciclo expansivo deben surgir de un replanteo sobre el rol que debe asumir el Estado en el proceso de Inversión, donde debe dejar de esperar a que los agentes privados recuperen una supuesta confianza perdida para otorgarle financiamiento a las actividades existentes (cuando en realidad lo que disputan es la apropiación de ganancias extraordinarias sin inversión), para pasar a una intervención más directa donde la canalización de recursos se dirija a resolver las necesidades productivas existentes, y por ende, al modificar la estructura productiva vigente, abra nuevas oportunidades para que los privados puedan construir ganancias solo a condición de invertir, es que proponemos la aprobación del presente Proyecto de Ley.

El Senado y Cámara de Diputados…
CREACION DEL FONDO NACIONAL PARA EL DESARROLLO
ARTICULO 1.- Modifíquese el artículo 19 de la Carta Orgánica del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA aprobado por la Ley Nº 24.144 por el siguiente:
“Artículo 19: Queda prohibido al banco:
a) Conceder préstamos al gobierno nacional, a los bancos, provincias y municipalidades, excepto lo prescripto en el artículo 20 y aquellos destinados al financiamiento de políticas de reconstrucción productiva;
b) Garantizar o endosar letras y otras obligaciones del gobierno nacional, de las provincias, municipalidades y otras instituciones públicas;
c) Conceder préstamos a personas físicas o jurídicas no autorizadas para operar como entidades financieras;
d) Efectuar redescuentos, adelantos u otras operaciones de crédito, excepto en los casos previstos en el artículo 17, incisos b) y c) o los que eventualmente pudieran técnica y transitoriamente originarse en las operaciones de mercado previstas por el artículo 18 inciso a);
e) Comprar y vender inmuebles, con la excepción de aquellas operaciones que sean necesarias para el normal funcionamiento del banco;
f) Comprar acciones salvo las emitidas por organismos financieros internacionales;
g) Participar directa o indirectamente en cualquier empresa comercial, agrícola, industrial o de otra clase;
h) Colocar sus disponibilidades en moneda nacional o extranjera en instrumentos que no gocen sustancialmente de inmediata liquidez;
i) Emitir títulos, bonos o certificados de participación, de colocación o de cumplimiento obligatorio para las entidades financieras;
j) Pagar intereses en cuentas de depósitos;
k) Otorgar garantías especiales que directa o indirectamente, implícita o explícitamente, cubran obligaciones de las entidades financieras, incluso las originadas en la captación de depósitos.”
ARTICULO 2.- Modifícase el Artículo 20 de la Carta Orgánica del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA aprobado por Ley Nº 24.144, sustituido por el Artículo 15 de la Ley Nº 25.780 por el siguiente:
“ARTICULO 20.- El Banco podrá hacer adelantos transitorios al Gobierno Nacional hasta una cantidad equivalente al DOCE POR CIENTO (12%) de la base monetaria, constituída por la circulación monetaria más los depósitos a la vista de las entidades financieras en el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, en cuentas corrientes o en cuentas especiales. Podrá además, otorgar adelantos hasta una cantidad que no supere el DIEZ POR CIENTO (10%) de los recursos en efectivo que el Gobierno Nacional haya obtenido en los últimos DOCE (12) meses. En ningún momento el monto de adelantos transitorios otorgados, excluídos aquellos que se destinen exclusivamente al pago de obligaciones con los organismos multilaterales de crédito, financiamiento de políticas de reconstrucción productiva y al pago de obligaciones en moneda extranjera, podrá exceder el DOCE POR CIENTO (12%) de la base monetaria, definida precedentemente. Todos los adelantos concedidos en el marco de este artículo deberán ser reembolsados dentro de los DOCE (12) meses de efectuados. Si cualquiera de estos adelantos quedase impago después de vencido aquel plazo, no podrá volver a usarse esta facultad hasta que las cantidades adeudadas hayan sido reintegradas.”
ARTICULO 3.- Créase el FONDO NACIONAL PARA EL DESARROLLO, cuyo objetivo es el financiamiento de la inversión en infraestructura energética, en infraestructura de transporte y en la inversión productiva que se detalla en los artículos 5º, 6º, 7º y 8º de la presente ley.
ARTICULO 4.- Créase el Consejo Productivo Nacional que tendrá por objeto la administración del Fondo Nacional para el Desarrollo creado por el artículo 2 de la presente ley. El Consejo Productivo Nacional estará integrado por representantes del Poder Ejecutivo Nacional, del Parlamento Nacional y representantes de entidades productivas sectoriales y sociales involucradas en los proyectos de inversión a los que remiten los artículos 5º, 6º, 7º y 8º de la presente ley.
Las erogaciones necesarias para el funcionamiento de este Consejo no podrán exceder el dos por mil del capital del Fondo Nacional para el Desarrollo que por esta ley se crea.
ARTICULO 5.- Créase el Fondo para el Desarrollo Energético (FODEER), con afectación específica al financiamiento de inversiones en infraestructura energética. El FODEER estará integrado con los recursos asignados por el FONDO NACIONAL PARA EL DESARROLLO creado por el artículo 2º de la presente ley.
ARTICULO 6.- Créase el Fondo para el Desarrollo de la Industria Naval Nacional (FODINN), con afectación específica al financiamiento productivo de la actividad de los astilleros radicados en la República Argentina. El fondo estará integrado con los recursos asignados por el FONDO NACIONAL PARA EL DESARROLLO creado por el artículo 2º de la presente ley. Los recursos del Fondo serán aplicados exclusiva y excluyentemente al financiamiento para la construcción, modificación y/o reparación de buques y actividades de investigación y desarrollo, capacitación e incorporación de tecnología en astilleros radicados en la República Argentina.
ARTICULO 7.- Créase, el Fondo para el Desarrollo Ferroviario (FODEF), con afectación específica a las erogaciones destinadas al reacondicionamiento de la red ferroviaria nacional, incluyendo tanto las vías, el material rodante y los talleres, así como a la adquisición del material rodante necesario de la industria ferroviaria. Las adquisiciones deberán estimular el desarrollo productivo local teniendo prioridad en estas adjudicaciones los talleres ferroviarios radicados en la República Argentina. El FODEF estará integrado con los recursos asignados por el FONDO NACIONAL PARA EL DESARROLLO creado por el artículo 2º de la presente ley.
ARTICULO 8°.- Crease el Fondo de Reindustrialización y Modernización Productiva para el Desarrollo Local (FOREMODELO) con recursos provenientes del FONDO NACIONAL PARA EL DESARROLLO creado por el artículo 2º de la presente ley, que tendrá por objeto:
a) La ampliación de la capacidad productiva y del capital de trabajo a empresas de carácter social, emprendimientos autogestionados por sus trabajadores, cooperativas de trabajo, empresas estatales y pequeñas y medianas empresas privadas de capital nacional, administradas o gerenciadas por su propietario, de hasta cuarenta (40) empleados, y cuyo monto de facturación anual no supere los pesos DIEZ MILLONES ($10.000.000)
b) Fomentar el desarrollo competitivo de tramas de producción sectorial, regional y local fortaleciendo sus capacidades e incentivando la creación de nuevas empresas
c) Financiar programas de reconversión empresarial que tengan por objeto incrementar el nivel de integración nacional en la producción de los bienes finales así como la articulación sectorial y regional.
d) Promover la densificación de las redes de proveedores al interior de cada eslabonamiento productivo, brindando apoyo técnico, comercial y jurídico a los actores más débiles de cada cadena.
e) Promover el desarrollo de cadenas de valor local y la articulación de las existentes, incluyendo en ellas a las actividades conexas de apoyo de almacenamiento, transporte y comercialización, fomentando es este sentido la creación de redes proveedores-clientes.
f) Desarrollar políticas específicas de comercio exterior que prioricen la generación de eslabonamientos productivos regionales y locales, incrementando el valor agregado de sus exportaciones.
Los créditos destinados al sector privado que otorgue el presente fondo deberán tener las siguientes características:
a)-Los criterios de selección serán.
1- La maximización del impacto ocupacional.
2- El incremento del desarrollo tecnológico
3- Un incremento del balance de divisas, sea mediante la sustitución de importaciones como por incremento de exportaciones.
b)-No serán sujetos de crédito:
1-las empresas vinculadas o controladas por Sociedades o Grupos económicos nacionales o extranjeros que en su conjunto no sean pequeñas o medianas empresas,
2-las empresas que en proceso concursal o de quiebra.
c)-El costo financiero total no podrá exceder el cobrado por el Banco de la Nación Argentina para créditos con garantía hipotecaria.
ARTICULO 9º.- El Fondo creado por el artículo 2º se integrará con DOLARES ESTADOUNIDENSES SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES (U$S 6.569.000.000), o su equivalente en otras monedas, que el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA transferirá al Tesoro Nacional de las reservas de libre disponibilidad.
ARTICULO 10º.- La presente ley deberá estar reglamentada dentro de los sesenta (60) días de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 11º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

Ante la invitación del presidente del bloque del Frente para la Victoria en el Senado Nacional, Miguel Ángel Pichetto, para que la oposición presente un proyecto alternativo al impugnado Decreto 2010/09 que crea el Fondo del Bicenteanrio para pagar deuda externa con reservas del Banco Central.

[SIZE=6]Una propuesta para crear el Fondo Nacional para el Desarrollo, con los US$ 6.500 millones de reservas del Banco Central[/SIZE]

El proyecto modifica la Carta Orgánica del Banco Central para autorizarlo a destinar las reservas de libre disponibilidad a la financiación de pequeñas empresas, a la creación de una petrolera estatal, la reconstrucción del sistema ferroviario y la fabricación de buques y material portuario.

La iniciativa lleva la firma de los diputados nacionales Claudio Lozano, ‘Pino’ Solanas, Alcira Argumedo, Liliana Parada y Jorge Cardelli, de Proyecto Sur; Cecilia Merchan y Victoria Donda, de Libres del Sur; Verónica Benas, Graciela Iturraspe y Eduardo Macaluse, de SI por la Unidad Popular; y Miguel Bonasso, de Diálogo por Buenos Aires.

[b][u][i][SIZE=4]PROYECTO DE LEY

FUNDAMENTOS[/SIZE][/i][/u][/b]

Sr. Presidente:
El debate acerca del uso que debe darse a las reservas en poder del Banco Central, a propósito del dictado del DNU que crea el Fondo del Bicentenario y la Estabilidad por medio del cual se dispone utilizarlas para el pago de deuda pública, amerita un análisis más profundo y riguroso sobre las causas e implicancias que atraviesan a dicha decisión. En los debates que se suelen presentar sobre esta cuestión no se logra percibir adecuadamente un elemento que desde nuestro punto de vista reviste vital importancia. Como si solo se tratara de una discusión donde lo que está en juego es la opción del endeudamiento (al que se accedería luego de usar las reservas para cumplir con la deuda en el 2010 según la estrategia oficial) versus el ajuste (en el que ingresaríamos de no resolver los problemas de financiamiento del 2010, cuestión que no parece preocuparle a la propuesta de la oposición consentida y conservadora), se deja de lado un análisis más básico, pero no por ello menos importante, sobre las condiciones de origen de la crisis del financiamiento público y los efectos que una y otra propuestas conllevan.
Sobre el primer punto, no hay dudas, aunque no se lo considere, que la crisis de financiamiento, es un resultado más (junto a otros), de los efectos que supone el agotamiento de las condiciones que hicieron posible el ciclo expansivo del período 2002 – 2006. Es un dato, aunque se lo pretenda ocultar con maniobras tan burdas como lo es la intervención del INDEC, que desde el año 2007 distintos indicadores dan cuenta del cambio en la etapa económica. La inflación durante el 2007, la desaceleración y fuga de capitales del 2008 y 2009 año en el que se agrega además el estancamiento y caída del nivel de actividad, son signos contundentes de lo expuesto. En este marco y en tanto no se plantee una estrategia coherente que suponga hacerse cargo de esta nueva coyuntura, la ecuación fiscal de las cuentas públicas no puede sino reflejar el deterioro a que da lugar el fin del ciclo expansivo. El aumento de los subsidios por encima del resto de las partidas, conjuntamente con la decisión de no introducir modificaciones tributarias que permitan incrementar con sesgo de justicia distributiva a la recaudación, y frente a la decisión oficial de respetar sacrosantamente el nivel, perfil y legalidad de la deuda pública, conforman el chaleco de fuerzas que las propias decisiones oficiales le imponen a la política de financiamiento público. No se trata de decisiones neutrales en tanto las mismas han conformado un verdadero agujero negro en las cuentas públicas que nadie discute y que para el 2010, en el marco de un presupuesto que tiene una brecha de financiamiento de $58.000 millones, equivalen a una masa de recursos de no menos de $80.000 millones, en concepto de $25.000 millones de pagos de intereses de deuda pública (sin contar los cerca de $84.000 millones de vencimientos por amortizaciones), los $40.000 millones de subsidios y $15.000 millones en exenciones impositivas. Si bien estos $80.000 millones no son de disponibilidad inmediata, su revisión racional permitiría indudablemente contar con mayores recursos para cubrir la citada brecha de financiamiento. En este marco, el uso de reservas para garantizar los compromisos de deuda es una opción a la que se accede luego de renunciar a una variada gama de posibilidades alternativas (discutir la legalidad y legitimidad de la deuda, su nivel, el perfil de sus vencimientos; la renuncia a la reforma tributaria; el no replanteo de los subsidios al capital concentrado, etc.). Ciertamente esta opción no puede discutirse, como pretende la oposición consentida y conservadora, desde la estrategia del ajuste o del endeudamiento a tasas más elevadas. Incluso estas dos estrategias supuestamente antagónicas del ajuste vs el endeudamiento, son en rigor, las dos caras de una misma moneda: en efecto, el endeudamiento permite posponer (en el corto plazo) pero no evitar (a la larga) el ajuste.
Ahora bien, la clave que explica el agotamiento del ciclo expansivo radica en las características que adoptó la inversión en dicho proceso. No se trata sólo de la baja magnitud de la inversión, que en el marco de un crecimiento a tasas chinas, nunca superó el 23,1% del PBI; sino también de la calidad de la misma donde prácticamente casi el 60% estuvo asociado a la construcción. Baja magnitud y mala calidad de la inversión son las causas principales que explican la nueva etapa económica. Sin dudas que estas características están asociadas al particular perfil que adopta el patrón de acumulación en la Argentina. La preeminencia de la obtención de ganancias extraordinarias asentadas en la explotación laboral, las condiciones naturales, el poder de mercado y la regulación pública (privatizaciones, mercados protegidos, etc) definen las condiciones de prescindencia de la inversión como lógica en la obtención de ganancias. Se trata de los efectos que imponen las condiciones estructurales en el devenir específico por donde transcurre la coyuntura económica de nuestro país. Obviamente que resolver estas cuestiones suponen reformas de carácter estructural que conllevan necesariamente a la confrontación con los intereses centrales de los sectores dominantes de nuestra sociedad, con todo lo que ello implica. Sin embargo, no hacerlo no es gratuito. Los costos que en materia de crisis económica recurrente la Argentina ha sufrido desde la reestructuración neoliberal de 1976 hasta nuestros días, son casualmente la consecuencia a que llevan los problemas planteados. En este sentido puede afirmarse que la Argentina de los últimos 33 años ha oscilado constantemente en el dilema que hoy tenemos: Endeudamiento o Ajuste.
Estas opciones hoy se presentan como forma de resolver los problemas de la inversión productiva. Por el lado de la propuesta oficial, la decisión de usar reservas para pagar compromisos de deuda, aparece frente a la dificultad de acceder a tasas razonables al endeudamiento externo. Dificultades que no se han modificado a pesar de la política de desendeudamiento practicada desde el 2003 en adelante (por la gestión de Néstor Kichner), y que tampoco han sido permeables a los gestos de “buena voluntad” que la presente gestión ha realizado con el objeto de “seducir” al denominado “mercado financiero internacional” (ver reapertura del Canje, Propuesta al Club de París, y vuelta al FMI). Así el Gobierno aparece empeñado en reincidir en aquello que ya ha dado muestras acabadas de su fracaso: el comportamiento tradicional que los agentes financieros internacionales le han propiciado a la Argentina no se modifica (no se deja seducir) por más concesiones y gestos de buena voluntad que se le ofrenden. Por el lado de la oposición consentida y conservadora, la propuesta nos dice que Ajustando los gastos “ineficientes” del Estado, este podrá resolver su brecha de financiamiento y con ello acceder al mismo dispositivo de financiamiento externo más barato. Así aunque se presenten como enfrentadas, tanto la opción oficial de pagar deuda con reservas como la propuesta dominante de la oposición conservadora de ajustar comparten el criterio de que Argentina puede retomar su senda de crecimiento si accede al crédito internacional. Esta estrategia, cuyo antecedente más inmediato es la Convertibilidad, ya ha probado su fracaso. Ya sea porque el endeudamiento externo no se traduce en el ansiado Shock de confianza que permita bajar la tasa de interés y que con ello abra la puerta del crédito a los agentes privados o bien porque operándose todo lo expuesto, ello no resuelve los problemas de fondo que pesan sobre la economía argentina. En efecto aún en el caso de que se logre el mencionado shock de confianza y con independencia del volumen de la tasa de interés, la lógica económica imperante no puede aspirar a otra cosa que a financiar el tejido productivo existente. Este fue el caso de la experiencia de la Convertibilidad donde en los momentos en que se verificó la entrada de capitales externos ellos estuvieron asociados, no a ampliar las fronteras productivas, sino dominantemente a realizar compras de firmas locales, con su consecuente efecto de mayor extranjerización de la economía argentina. En el mismo sentido, y con otras fuentes de financiamiento (provistas por el saqueo a los sectores populares que impuso la devaluación), la experiencia reciente del crecimiento post devaluación del período 2002 – 2007, nos indica que el crecimiento a que puede dar lugar la reproducción del tejido productivo vigente no resuelve los problemas de concentración, desigualdad, extranjerización y perfil productivo que hoy tenemos.
Por estas razones nuestro planteo pasa por ubicar a un actor distinto al capital concentrado existente como clave para motorizar y direccionar el proceso de inversión. Ese actor no puede ser otro que el Estado, quien debe canalizar los recursos disponibles para resolver las necesidades productivas que imponen el actual patrón productivo, abriendo con ello nuevas oportunidades de negocios para los agentes privados a condición de acompañar invirtiendo en las iniciativas del Estado. Por tal razón, en el presente proyecto de ley proponemos la creación de un Fondo Nacional para el Desarrollo con el mismo monto de reservas que el previsto en la propuesta oficial para pagar deuda, pero con un destino radicalmente distinto: financiar un proceso de Desarrollo Nacional. No se trata solamente de ampliar el volumen de la inversión, sino principalmente de direccionar este mayor volumen. Por ello proponemos 3 líneas específicas donde deben canalizarse el uso de las reservas:
a)Sector Petrolero: Proponemos crear un Fondo para el Desarrollo Energético que permita financiar La creación de una Petrolera Estatal (PETROAR SE) que esté a cargo de la explotación de los yacimientos ubicados en la plataforma marítima argentina. PETROAR SE podrá asimismo intervenir en el estratégico mercado petrolero con el objeto de capturar la renta del sector (fijando mayores retenciones, invirtiendo en la ampliación de reservas) y distribuirla socialmente y productivamente (fijando precios en base al costo de producción local, desarrollando redes de proveedores locales, imponiendo subsidios cruzados en desmedro de las firmas oligopólicas y a favor de las pymes y los usuarios, etc.).
b)Sector Transporte: Proponemos dos líneas específicas
b.1) Ferrocarriles: Proponemos la reconstrucción de la red ferrovaria sobre la base de recuperar los recorridos abandonados de los pueblos del interior, ampliar la red ferroviaria e impulsar la construcción de todo el material rodante en los talleres ferroviarios locales.
La Recuperación del Sistema Ferroviario Nacional implica ejercer el manejo de la Infraestructura y el Control de la Circulación. Proponemos desarrollar un proyecto de cinco años de duración que implique:

1.Reacondicionar 7.000 Km. de vía uniendo las principales ciudades para circular trenes de pasajeros partiendo de recuperar 12.000.000 de pasajero-viaje.
2.Adquirir 71 locomotoras de entre 1.600 HP y 2.000 HP para los trenes de pasajeros considerando la fabricación nacional con transferencia de tecnología.
3.Adquirir 950 coches de pasajeros (distintas clases y furgones) para los trenes de pasajeros considerando la fabricación nacional con transferencia de tecnología.
4.Ajustar un programa progresivo que ponga en marcha y armonice las distintas etapas del mismo.

El monto exclusivo para pasajeros alcanza a U$S 900 y U$S 1.000 millones. El Sistema de Transporte de Cargas financiaría entre el 60% y el 65% del gasto de infraestructura.
b.2) Industria Naval: Proponemos aprovechar la importancia que reviste el comercio exterior para impulsar la construcción de buques y material portuario en los Astilleros Locales.
Los recursos del Fondo serán aplicados exclusiva y excluyentemente al financiamiento para la construcción, modificación y/o reparación de buques y actividades de investigación y desarrollo, capacitación e incorporación de tecnología en Astilleros radicados en la República Argentina. Se trata de una medida destinada a colocar a la República Argentina en un plano de igualdad con otros países, que actualmente ejecutan sus propios fletes (y los nuestros también) apoyados por una legislación de origen que los asiste, con un mercado interno de fletes protegido y con créditos y subsidios específicos para la construcción de sus bodegas. En este sentido, pretendemos revertir el actual marco de situación, igualando al Armador Argentino con sus competidores foráneos. Para ello, el Fondo de la Industria Naval Nacional proveerá planes de préstamos y subsidios ajustados a cada emprendimiento productivo, a condición de una moderada inversión inicial a cargo del Armador (que a su vez podrá financiar por otros medios externos al Fondo, como sería, por ejemplo, mediante la provisión de equipos del buque que no se construyan en el país).
c) Sector Industrial: Proponemos la creación del Fondo de Reindustrialización y Modernización Productiva para el Desarrollo Local (FOREMODELO), que tendrá por objeto:
> La ampliación de la capacidad productiva y del capital de trabajo a empresas de carácter social, emprendimientos autogestionados por sus trabajadores, cooperativas de trabajo, empresas estatales y pequeñas y medianas empresas privadas de capital nacional, administradas o gerenciadas por su propietario, de hasta cuarenta (40) empleados, y cuyo monto de facturación anual no supere los pesos DIEZ MILLONES ($10.000.000)
> Fomentar el desarrollo competitivo de tramas de producción sectorial, regional y local fortaleciendo sus capacidades e incentivando la creación de nuevas empresas
> Financiar programas de reconversión empresarial que tengan por objeto incrementar el nivel de integración nacional en la producción de los bienes finales así como la articulación sectorial y regional.
> Promover la densificación de las redes de proveedores al interior de cada eslabonamiento productivo, brindando apoyo técnico, comercial y jurídico a los actores más débiles de cada cadena.
> Promover el desarrollo de cadenas de valor local y la articulación de las existentes, incluyendo en ellas a las actividades conexas de apoyo de almacenamiento, transporte y comercialización, fomentando es este sentido la creación de redes proveedores-clientes.
> Desarrollar políticas específicas de comercio exterior que prioricen la generación de eslabonamientos productivos regionales y locales, incrementando el valor agregado de sus exportaciones.
Los créditos destinados al sector privado que otorgue el presente fondo deberán tener las siguientes características:
Los criterios de selección serán.
> La maximización del impacto ocupacional.
> El incremento del desarrollo tecnológico
> Un incremento del balance de divisas, sea mediante la sustitución de importaciones como por incremento de exportaciones.
No serán sujetos de crédito:
> las empresas vinculadas o controladas por Sociedades o Grupos económicos nacionales o extranjeros que en su conjunto no sean pequeñas o medianas empresas,
> las empresas que en proceso concursal o de quiebra.
El costo financiero total no podrá exceder el cobrado por el Banco de la Nación Argentina para créditos con garantía hipotecaria
Las líneas que proponemos para la dinamización y modernización industrial de la Argentina en base a la promoción de las pequeñas y medianas empresas de origen local son coincidentes con el proyecto del Consejo Federal para el Desarrollo Local presentado por el diputado Macaluse (expte. 251-D-2009, trámite parlamentario Nº 2 del 3/03/2009).
Para la administración del Fondo Nacional para el Desarrollo, proponemos la creación de un CONSEJO PRODUCTIVO NACIONAL integrado por representantes del Poder Ejecutivo, del Parlamento Nacional y de las organizaciones productivas sectoriales y sociales que estén involucradas en los sectores seleccionados. Se trata de introducir elementos de debate democráticos sobre las líneas específicas que en cada sector debe adoptar los recursos asignados. Este Consejo Productivo Nacional es compatible con la creación de un Banco de Fomento Industrial, tal como fue presentado por el Diputado Bonasso (expdte.: 4825-D-2007, trámite parlamentario Nº 137 del 4/10/2007).
Porque consideramos que las condiciones para poner fin al agotamiento del ciclo expansivo deben surgir de un replanteo sobre el rol que debe asumir el Estado en el proceso de Inversión, donde debe dejar de esperar a que los agentes privados recuperen una supuesta confianza perdida para otorgarle financiamiento a las actividades existentes (cuando en realidad lo que disputan es la apropiación de ganancias extraordinarias sin inversión), para pasar a una intervención más directa donde la canalización de recursos se dirija a resolver las necesidades productivas existentes, y por ende, al modificar la estructura productiva vigente, abra nuevas oportunidades para que los privados puedan construir ganancias solo a condición de invertir, es que proponemos la aprobación del presente Proyecto de Ley.

El Senado y Cámara de Diputados…
CREACION DEL FONDO NACIONAL PARA EL DESARROLLO
ARTICULO 1.- Modifíquese el artículo 19 de la Carta Orgánica del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA aprobado por la Ley Nº 24.144 por el siguiente:
“Artículo 19: Queda prohibido al banco:
a) Conceder préstamos al gobierno nacional, a los bancos, provincias y municipalidades, excepto lo prescripto en el artículo 20 y aquellos destinados al financiamiento de políticas de reconstrucción productiva;
b) Garantizar o endosar letras y otras obligaciones del gobierno nacional, de las provincias, municipalidades y otras instituciones públicas;
c) Conceder préstamos a personas físicas o jurídicas no autorizadas para operar como entidades financieras;
d) Efectuar redescuentos, adelantos u otras operaciones de crédito, excepto en los casos previstos en el artículo 17, incisos b) y c) o los que eventualmente pudieran técnica y transitoriamente originarse en las operaciones de mercado previstas por el artículo 18 inciso a);
e) Comprar y vender inmuebles, con la excepción de aquellas operaciones que sean necesarias para el normal funcionamiento del banco;
f) Comprar acciones salvo las emitidas por organismos financieros internacionales;
g) Participar directa o indirectamente en cualquier empresa comercial, agrícola, industrial o de otra clase;
h) Colocar sus disponibilidades en moneda nacional o extranjera en instrumentos que no gocen sustancialmente de inmediata liquidez;
i) Emitir títulos, bonos o certificados de participación, de colocación o de cumplimiento obligatorio para las entidades financieras;
j) Pagar intereses en cuentas de depósitos;
k) Otorgar garantías especiales que directa o indirectamente, implícita o explícitamente, cubran obligaciones de las entidades financieras, incluso las originadas en la captación de depósitos.”
ARTICULO 2.- Modifícase el Artículo 20 de la Carta Orgánica del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA aprobado por Ley Nº 24.144, sustituido por el Artículo 15 de la Ley Nº 25.780 por el siguiente:
“ARTICULO 20.- El Banco podrá hacer adelantos transitorios al Gobierno Nacional hasta una cantidad equivalente al DOCE POR CIENTO (12%) de la base monetaria, constituída por la circulación monetaria más los depósitos a la vista de las entidades financieras en el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, en cuentas corrientes o en cuentas especiales. Podrá además, otorgar adelantos hasta una cantidad que no supere el DIEZ POR CIENTO (10%) de los recursos en efectivo que el Gobierno Nacional haya obtenido en los últimos DOCE (12) meses. En ningún momento el monto de adelantos transitorios otorgados, excluídos aquellos que se destinen exclusivamente al pago de obligaciones con los organismos multilaterales de crédito, financiamiento de políticas de reconstrucción productiva y al pago de obligaciones en moneda extranjera, podrá exceder el DOCE POR CIENTO (12%) de la base monetaria, definida precedentemente. Todos los adelantos concedidos en el marco de este artículo deberán ser reembolsados dentro de los DOCE (12) meses de efectuados. Si cualquiera de estos adelantos quedase impago después de vencido aquel plazo, no podrá volver a usarse esta facultad hasta que las cantidades adeudadas hayan sido reintegradas.”
ARTICULO 3.- Créase el FONDO NACIONAL PARA EL DESARROLLO, cuyo objetivo es el financiamiento de la inversión en infraestructura energética, en infraestructura de transporte y en la inversión productiva que se detalla en los artículos 5º, 6º, 7º y 8º de la presente ley.
ARTICULO 4.- Créase el Consejo Productivo Nacional que tendrá por objeto la administración del Fondo Nacional para el Desarrollo creado por el artículo 2 de la presente ley. El Consejo Productivo Nacional estará integrado por representantes del Poder Ejecutivo Nacional, del Parlamento Nacional y representantes de entidades productivas sectoriales y sociales involucradas en los proyectos de inversión a los que remiten los artículos 5º, 6º, 7º y 8º de la presente ley.
Las erogaciones necesarias para el funcionamiento de este Consejo no podrán exceder el dos por mil del capital del Fondo Nacional para el Desarrollo que por esta ley se crea.
ARTICULO 5.- Créase el Fondo para el Desarrollo Energético (FODEER), con afectación específica al financiamiento de inversiones en infraestructura energética. El FODEER estará integrado con los recursos asignados por el FONDO NACIONAL PARA EL DESARROLLO creado por el artículo 2º de la presente ley.
ARTICULO 6.- Créase el Fondo para el Desarrollo de la Industria Naval Nacional (FODINN), con afectación específica al financiamiento productivo de la actividad de los astilleros radicados en la República Argentina. El fondo estará integrado con los recursos asignados por el FONDO NACIONAL PARA EL DESARROLLO creado por el artículo 2º de la presente ley. Los recursos del Fondo serán aplicados exclusiva y excluyentemente al financiamiento para la construcción, modificación y/o reparación de buques y actividades de investigación y desarrollo, capacitación e incorporación de tecnología en astilleros radicados en la República Argentina.
ARTICULO 7.- Créase, el Fondo para el Desarrollo Ferroviario (FODEF), con afectación específica a las erogaciones destinadas al reacondicionamiento de la red ferroviaria nacional, incluyendo tanto las vías, el material rodante y los talleres, así como a la adquisición del material rodante necesario de la industria ferroviaria. Las adquisiciones deberán estimular el desarrollo productivo local teniendo prioridad en estas adjudicaciones los talleres ferroviarios radicados en la República Argentina. El FODEF estará integrado con los recursos asignados por el FONDO NACIONAL PARA EL DESARROLLO creado por el artículo 2º de la presente ley.
ARTICULO 8°.- Crease el Fondo de Reindustrialización y Modernización Productiva para el Desarrollo Local (FOREMODELO) con recursos provenientes del FONDO NACIONAL PARA EL DESARROLLO creado por el artículo 2º de la presente ley, que tendrá por objeto:
a) La ampliación de la capacidad productiva y del capital de trabajo a empresas de carácter social, emprendimientos autogestionados por sus trabajadores, cooperativas de trabajo, empresas estatales y pequeñas y medianas empresas privadas de capital nacional, administradas o gerenciadas por su propietario, de hasta cuarenta (40) empleados, y cuyo monto de facturación anual no supere los pesos DIEZ MILLONES ($10.000.000)
b) Fomentar el desarrollo competitivo de tramas de producción sectorial, regional y local fortaleciendo sus capacidades e incentivando la creación de nuevas empresas
c) Financiar programas de reconversión empresarial que tengan por objeto incrementar el nivel de integración nacional en la producción de los bienes finales así como la articulación sectorial y regional.
d) Promover la densificación de las redes de proveedores al interior de cada eslabonamiento productivo, brindando apoyo técnico, comercial y jurídico a los actores más débiles de cada cadena.
e) Promover el desarrollo de cadenas de valor local y la articulación de las existentes, incluyendo en ellas a las actividades conexas de apoyo de almacenamiento, transporte y comercialización, fomentando es este sentido la creación de redes proveedores-clientes.
f) Desarrollar políticas específicas de comercio exterior que prioricen la generación de eslabonamientos productivos regionales y locales, incrementando el valor agregado de sus exportaciones.
Los créditos destinados al sector privado que otorgue el presente fondo deberán tener las siguientes características:
a)-Los criterios de selección serán.
1- La maximización del impacto ocupacional.
2- El incremento del desarrollo tecnológico
3- Un incremento del balance de divisas, sea mediante la sustitución de importaciones como por incremento de exportaciones.
b)-No serán sujetos de crédito:
1-las empresas vinculadas o controladas por Sociedades o Grupos económicos nacionales o extranjeros que en su conjunto no sean pequeñas o medianas empresas,
2-las empresas que en proceso concursal o de quiebra.
c)-El costo financiero total no podrá exceder el cobrado por el Banco de la Nación Argentina para créditos con garantía hipotecaria.
ARTICULO 9º.- El Fondo creado por el artículo 2º se integrará con DOLARES ESTADOUNIDENSES SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES (U$S 6.569.000.000), o su equivalente en otras monedas, que el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA transferirá al Tesoro Nacional de las reservas de libre disponibilidad.
ARTICULO 10º.- La presente ley deberá estar reglamentada dentro de los sesenta (60) días de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 11º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

Me opongo.

Yo debo 30 pesos (25 que pedí yo y 5 que le prestaron a mi papa al que no llegué a conocer). Si no pago, mañana voy a deber 50. Pasado, 100. Logré juntar 10 pesos, y quiero devolver inmediatamente lo que me prestaron con los intereses, y así pedir que mañana me cobren, en vez de 50, 30, y pasado 60, en vez de 100 (y si mañana pago, podré pedir que pasado me cobren menos aún). Lo que no entiendo es qué le pasa al señor canoso de la casa de enfrente, que me dice que desista, que no tengo que pagar las deudas de mi papá, y que en vez de usar la plata para eso me compre una planta de tomate y la ponga en el jardín, cosa que me vendría muy bien. ¿Pero sabrá el señor canoso que el 80% de mi deuda la contraje yo?; ¿Entenderá que si yo sigo sin pagar, la tarea quedará pendiente para mi hijo, y con las consecuencias del paso del tiempo?; ¿O tendrá también mi hijo que cultivar tomates durante toda su vida para pagar mi deuda?

:surprised: