En todos los órdenes de la política y de la vida, nunca hay algo que sea totalmente bueno o totalmentemalo. Para el análisis de cualquier tema, en todos los ámbitos, hay que examinar los aspectos positivos ylos negativos, y hacer un balance general para llegar a una conclusión favorable o desfavorable.
Es lo que ocurre con la Reforma de 1994: produjo avances y retrocesos, hay que analizar unos yotros y llegar a una conclusión sobre cuáles fueron más importantes.
Entre los avances, hay que rescatar de los constituyentes de 1994 que no se dejaron tentar por alterarel espíritu de la Constitución Histórica, ni por incorporar “catálogos de ilusiones” en exceso, comoocurrió en los años recientes en constituciones provinciales y extranjeras.
Además, se introdujeron reformas interesantes, como la iniciativa popular y la consulta popular,aunque en formato muy restrictivo.
En materia de garantías, el art. 43 significó un avance importantepor la amplitud que se reconoció al amparo y al Hábeas Corpus, y haber introducido el Hábeas Data.
También fue importante la constitucionalización del Ministerio Público -aunque insuficiente, puesle faltó claridad en cuanto a garantías de independencia y estabilidad-; la Auditoría General de laNación, presidida por la oposición, y el Defensor del Pueblo.
Se otorgó jerarquía constitucional a los derechos colectivos, como la protección del medio ambiente,la cláusula ecológica del art. 41, y los derechos de los consumidores y usuarios.
Pero también hay que recordar que la Reforma de 1994 mereció fuertes críticas. Uno de los más severosfue Vanossi, quien decía que “Esta Constitución, reformada, consagra un modelo: el modelo delpacto de dos, que es un modelo de reparto”. En síntesis: sostuvo que con la Reforma “la Constituciónes igualmente democrática, pero es menos republicana que en el texto de 1853-1860”. Le imputaba“abundancia tropical, muy efervescente, de compromisos doctrinarios” (VANOSSI, 1994).
El ex convencional constituyente Alberto Natale decía: “El tiro salió por la culata. Se acentuó la hegemoníapresidencial, hay más dependencia fiscal de las provincias respecto del Gobierno y la ley decoparticipación sigue en espera”.
En cuanto al federalismo, Romero Feris y Amaya sostuvieron que su fortalecimiento:“(…) ha sido una quimera y dejó al descubierto la ficción de las autonomías provinciales. El jefe deGabinete desafía al Congreso con sus inasistencias inconstitucionales; la autonomía de la ciudad y laansiada participación ciudadana han sido avasalladas por la militancia política partidaria financiadacon fondos públicos. ¿Cuántas iniciativas y consultas populares han prosperado?” .
Personalmente, creo que lo más negativo fue haber cambiado el carácter codificado y rígido de laConstitución Histórica, haciendo peligrar los más sagrados derechos individuales de los argentinos,haber incrementado las ya amplias atribuciones del Poder Ejecutivo, y haber defraudado muchasexpectativas, como el Consejo de la Magistratura, que no mejoró sino que empeoró al Poder Judicial.
Veinte años de vigencia es un plazo prudencial para hacer un balance sobre cuáles de sus proclamadospropósitos se cumplieron, y cuáles no.
Lo primero que se advierte es que varias de las nuevas disposiciones aún no se encuentran en vigencia.
Pero, además, tampoco se cumplieron otros propósitos que se invocaron para la Reforma. Porejemplo: en cuanto a la autonomía porteña, aún se discuten cuestiones centrales, como el traspasode la policía y la justicia ordinaria.
En algunos casos, las deficiencias de la Constitución no fueron suplidas por el Congreso al dictarlas respectivas leyes complementarias. Por ejemplo: lo referido al “Derecho de Iniciativa”, del art. 39de la Constitución: ese texto no prevé qué ocurrirá si el Congreso no trata el proyecto en el términode doce meses. La ley podría haberlo hecho, pero no lo hizo. El resultado ha sido que, en estos veinteaños, desde 1994, sólo la ley del hambre más urgente, surgió por una iniciativa popular, pero graciasa que fue impulsada por el diario La Nación y varias ONG.
Los convencionales constituyentes establecieron fecha para la sanción de una nueva ley de coparticipaciónfederal de impuestos, es decir el régimen de reparto de la recaudación tributaria entre la Nacióny las provincias, que habría sido muy importante para asegurar la autonomía de las provincias.Según la cláusula transitoria sexta, esa norma que regula la relación fiscal con las provincias debíaser aprobada antes de la finalización de 1996. Veinte años más tarde, no sólo no se sancionó esa ley,sino que del tema ni se habla, en gran medida porque el sistema de la Constitución hace que sea muydifícil cumplir con al acuerdo entre el Estado Federal y los Estados Locales.
Otra deuda es que los marcos regulatorios de los servicios públicos deberían estar aprobados porley (art. 42), pero sólo dos (gas y electricidad) cumplen con esa disposición, el resto se han establecidopor decreto del Poder Ejecutivo.
En 1994 se constitucionalizó el amparo, con características mucho más amplias que la ley vigente,por lo que ésta debe ser reformada, pero en su momento fracasó en el Senado un proyecto aprobadopor unanimidad en Diputados.
La Autonomía Municipal en las provincias (art. 123) tampoco se cumplió. El ejemplo más evidentees de la Provincia de Buenos Aires, cuya Convención Constituyente funcionó en 1994 en forma simultáneacon la Convención Nacional, y no incorporó dicha autonomía, pese a que era uno de los temashabilitados para su reforma, pero no hubo acuerdo entre los convencionales.
Creo que es hora de replantearse una nueva constitución nacional que limite verdaderamente el PE y no que se “limite” a traves de un Jefe de Gabinete (que es elegido por el PE y para colmo no logro el objetivo que pensaban los constituyentes). Replantearse el sistema federal, eliminar los DNU y darle poder de nuevo al Legislativo.
Hay que reformar la justicia de verdad y no que unos gatos locos (el consejo de la magistratura) maneje la cuestión según posiciones politicas. Y varias otras cosas que se plantean en el texto.
Tambien se podría discutir si podemos pasar a un sistema parlamentario o no, en fin, abro el debate.