La IGJ sancionó a River por no informar a los socios sobre la situación del club.
Además, el organismo lo intimó para que convoque de inmediato una asamblea para la reglamentación del derecho a la información de los asociados
La Inspección General de Justicia (IGJ), impuso una sanción a River Plate y lo intimó para que convoque de inmediato una asamblea para la reglamentación del derecho a la información de los asociados.
Así lo establece la Resolución 1.580 del organismo, dispuesta en el marco de una denuncia efectuada por un socio del club, a raíz de la cual surge que la reglamentación del derecho a la información que tienen los socios no se ha puesto en tratamiento por parte de la entidad.
Según pudo constatar la IGJ, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el club no ha dado cumplimiento a la Resolución 585/10.
Se trata de una omisión injustificada, debido a que el derecho de información no debe ser menoscabado ya que no solo permite a los socios conocer el funcionamiento institucional, sino que posibilita contar con elementos de juicio suficientes para emitir su voto en la asamblea, de modo que éste sea suficiente y fundado.
Tras la resolución de la IGJ, la entidad deportiva deberá convocar, respetando los plazos estatutarios, a una asamblea que incluya el tema en el orden del día. “No solo se trata de un derecho de los socios, sino de un deber de la institución el dar a conocer la información pertinente”, concluyeron desde el organismo de control.
La IGJ sancionó a River por no informar a los socios sobre la situación del club.
Además, el organismo lo intimó para que convoque de inmediato una asamblea para la reglamentación del derecho a la información de los asociados
La Inspección General de Justicia (IGJ), impuso una sanción a River Plate y lo intimó para que convoque de inmediato una asamblea para la reglamentación del derecho a la información de los asociados.
Así lo establece la Resolución 1.580 del organismo, dispuesta en el marco de una denuncia efectuada por un socio del club, a raíz de la cual surge que la reglamentación del derecho a la información que tienen los socios no se ha puesto en tratamiento por parte de la entidad.
Según pudo constatar la IGJ, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el club no ha dado cumplimiento a la Resolución 585/10.
Se trata de una omisión injustificada, debido a que el derecho de información no debe ser menoscabado ya que no solo permite a los socios conocer el funcionamiento institucional, sino que posibilita contar con elementos de juicio suficientes para emitir su voto en la asamblea, de modo que éste sea suficiente y fundado.
Tras la resolución de la IGJ, la entidad deportiva deberá convocar, respetando los plazos estatutarios, a una asamblea que incluya el tema en el orden del día. “No solo se trata de un derecho de los socios, sino de un deber de la institución el dar a conocer la información pertinente”, concluyeron desde el organismo de control.
Cada momento que estoy al pedo sin hacer nada pienso en el momento que me cruze a DAP, hasta me imagino la situacion: yo putiandolo escupiendolo y el tipo cagandose de risa y yo sacadisimo le meto una trompada en la jeta.
PASSARELLA ALGUN DIA TE VOY A CRUZAR Y TE VOY A MATAR HIJO DE PUTA.
No se, pero asi el socio sale doblemente perjudicado. Una cosa es mala administracion y otra es esto que seria “no administracion” por llamarlo de una manera.