si iba a 120 km/h, en una calzada mojada, la verdad que mas allá de lo que diga la ley, las pericias, etc etc, denota poco conocimiento del conductor con respecto al tema… que se yo, para mi no es justificable manejar a esa velocidad en esas condiciones y menos si estás cansado, despues de una noche de fiesta, así no hayas ingerido bebidas alcoholicas… capaz que digo esto porque yo soy bien cagón para manejar, pero me parece que en estos casos siempre es preferible estar a la defensiva, esperar que pueda pasar lo peor, y no pensando: “la cantidad de veces que manejé a esta velocidad y nunca pasó nada”… no pasa nada hasta que pasa
Y sí, obvio, yo también pienso como vos. Pero a lo que iba es que tiene que haber nexo de causalidad… Ponele, a veces esas cosas pasan porque la ruta estaba un desastre, y así haya ido a 120 o a 60, el resultado no iba a cambiar. Me entendés lo que quiero decir? Aparte no sé, estoy tratando de armar una buena defensa
no me entraría en la cabeza que haya nisiquiera UNA persona en todo el mundo que pudiese pensar que el enano lo hizo a proposito… Y lo peor es que seguro que hay algun boludo asi…
yo creería que esa no es la cuestion… y me parece que no leíste algunas cosas interesantes que aportaron algunos muchachos que son profesionales del tema, u otros chicos que se tomaron el laburo de leer legislacion al respecto y la postearon
No, Leo, leé más atrás. Por la gravedad del hecho, el Estado se apropia del conflicto y actúa de oficio, sin necesidad de que medie denuncia de un damnificado por el hecho delictivo.-
No, en este caso como hay homicidio actúa el Estado de oficio, no hace falta una denuncia previa, como si fuera una instancia privada, si no me equivoco.
No lo vi, pero hay que ser hijo de puta, como pueden ser tan basuras de persona, con un tema así no se jode, esto excede lo futbolistico para el carajo, no están hablando de negociados o ventas raras, hay un limite y esta gente lo excede totalmente.
No creo, es culposo la caratula, es totalmente excarcelable en caso claro esta de que sea hallado culpable.
A) Instrucción: Se realiza la Investigación Penal Preparatoria: Juntas pruebas, investigas el hecho, tomás declaraciones, etc.
B) Etapa Intermedia: Una vez que el Juez de la instrucción juntó todo eso y tiene “sospecha bastante” para acusar, lo hace. Ahí, el Juez decide si hay elementos suficientes para ir a Juicio (en cuyo caso se dicta el procesamiento), o si no hay elementos (sobreseimiento) o si hay dudas (falta de mérito) y se ordena seguir con la investigación.
C) Etapa de Juicio: Ahí se resuelve si es “culpable” o “inocente”. Se dicta sentencia. Contra esa sentencia se pueden imponer recursos para cuestionarla. Recién cuando no se pueden poner más recursos y esa sentencia es firme, se cumple la pena.
Bueno, ahora estamos recién en la etapa “A”. No puede ir preso en prisión preventiva porque no hay peligrosidad procesal (riesgo de fuga, entorpecimiento de pruebas, etc.) y tampoco hay sentencia, así que preso no puede ir.-
Eh, pará… qué onda? Fue en Buenos Aires el choque??? Porque recién vi que está en Junín… :S
Andino es un cornudo hijo de mil puta, igual que todos los de ese noticiero. Cuando pasó el accidente se relamían porque le salga que iba alcoholizado, y cuando saltaron los resultados de que estaba por debajo del límite, igualmente hicieron una nota ¿QUE TOMÓ BUONANOTTE? y había botellas, etc