YPF Nacional y Popular

si man eso no esta en discusion… Igual si no te gusta taliban te decimos fundamentalista, fanatico etc… lo que esta en discusion es saber de donde el estado nacional va a sacar tanta tarasca para poner… que esta bien que lo haga no hay duda… pero de donde sale???

REPSOL no estaba obligada a nada porque YPF era SU empresa, lo cual era un disparate.

¿Cómo que no estaba obligada a nada? La Ley 17.319 en su artículo 31 prevé:

Art. 31. — Todo concesionario de explotación está obligado a efectuar, dentro de plazos razonables, las inversiones que sean necesarias para la ejecución de los trabajos que exija el desarrollo de toda la superficie abarcada por la concesión, con arreglo a las más racionales y eficientes técnicas y en correspondencia con la característica y magnitud de las reservas comprobadas, asegurando la máxima producción de hidrocarburos compatible con la explotación adecuada y económica del yacimiento y la observancia de criterios que garanticen una conveniente conservación de las reservas.

Y como a partir de la Ley 26.197 (publicada en el Boletín Oficial el 5 de enero de 2007) “los yacimientos de hidrocarburos líquidos y gaseosos situados en el territorio de la República Argentina y en su plataforma continental pertenecen al patrimonio inalienable e imprescriptible del Estado nacional o de los Estados provinciales, según el ámbito territorial en que se encuentren

Los encargados de controlar que esto se cumplan las condiciones de la concesión entre las cuales se encuentran las inversiones mínimas -como también puede ser el canon, el pago de impuestos, etc.- son la Nación y las Provincias según donde se encuentren los yacimientos y hasta el 2007 eran exclusivamente de la Nación. Igualmente la política energética nacional sigue estando en manos de la Nación. YPF es el concesionario de los yacimientos, no el dueño que siguen siendo los Estados nacional y/o provinciales. Cuando vos das algo en concesión no es una dejación sino que estás cediendo el ejercicio de una potestad estatal pero no la titularidad.

Todas las provincias petroleras -salvo Mendoza hace unos años- son gobernadas por gobernadores afines al Gobierno.

El gobernador de Mendoza no es del FPV? Me parece que si, Paco Perez

Ahora sí, por eso dije que salvo hace unos años. Efectivamente, Paco Pérez es kirchnerista.

Está bien, me refiero no a YPF como concesionaria de yacimientos petrolíferos sino a Repsol como dueña de YPF. Nada le impedía distribuir dividendos a mansalva entre sus accionistas. Además el Gobierno los venía presionando desde bastante antes de la expropiación (hay un gráfico que muestra como el nivel de reinversión de las ultilidades cae abruptamente en los años 2010 y 2011).

Como los venia presionando si el director en representacion del estado firmaba todos los balances y las distribuciones de utilidades???

Alejo: el tema es que Baratta, el representante del Estado en YPF, firmó todos y cada uno de los balances y aprobó cada una de estas remesas que fueron al exterior y que en vez de destinarse a cubrir las inversiones mínimas comprometidas fueron a parar operaciones de Repsol en otros países como Libia. Y claro que el Estado puede controlar a Repsol, cuando se licita algo se establecen las bases y condiciones que se suman a lo que prevé la ley, si lo incumple el Estado tiene que tomar medidas. Acá hay responsabilidad del Estado, principalmente de Baratta pero también de Cameron y De Vido. Casualmente los 3 fueron nombrados interventores cuando se consumó la expropiación como si acá no hubiera pasado nada.

De dónde sacaste eso?

Repsol-YPF invertirá sus beneficios en capitalizar la empresa | Economía | EL PAÍS (Diario “El País” de España)

“Hoy se aprobó por mayoría la propuesta de capitalizar, es decir, mantener en la propia compañía —y por cierto en Argentina— los beneficios correspondientes a 2010-2011”, señaló la empresa en un comunicado. Esos beneficios equivalentes a unos mil millones de euros servirán, según la compañía, para aumentar su inversión en Argentina y también la producción de hidrocarburos. Sin embargo, Roberto Barata, el representante del Gobierno en el directorio de YPF, votó en contra de la propuesta al considerar que “pagar los dividendos con más acciones", no garantiza una mayor inversión. No obstante, desde la empresa se confía en que cuando el Gobierno estudie con detenimiento la magnitud de la oferta, se llegará a un acuerdo.

Del simple hecho que sin la firma del director en representacion del estado no se podian haber aprobado los balances y en consecuencia girar guita afuera y pagar dividendos… no diste sociedades todavia???

A ver decime vos que sos abogado recibido y con años de experiencia.

Ley de sociedades comerciales, acá está: Ley 19.550 - Infoleg

Sañalame en qué artículo se establece que las Sociedades Anónimas requieren “firma del director en representación del Estado” para tomar decisiones societarias, y eventualmente distribuir dividendos.


No será que te estás confundiendo con las SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, categoría a la cual YPF NO pertenece? Ojalá encuentres el artículo y me cierres el orto olímpicamente, el derecho comercial no es lo mío pero me da la impresión de que estás equivocado.

La ley de Sociedades Comerciales no te lo va a decir específicamente porque regula algo más que las sociedades anónimas del Estado pero la firma del secretario de Energía de la Nación, Roberto Barratta, estuvo en todos los balances anteriores y en el único momento que podés distribuir dividendos es ese.

ARTICULO 68. — Los dividendos no pueden ser aprobados ni distribuidos a los socios, sino por ganancias realizadas y líquidas resultantes de un balance confeccionado de acuerdo con la ley y el estatuto y aprobado por el órgano social competente…

Las ganancias son realizadas y líquidas cuando hay un resultado positivo de un balance, después de compensar las pérdidas y cumplir con la reserva legal del 5% del resultado del ejercicio a menos que el monto de esa reserva exceda el 20% del capital social.

No es difícil fijarse su firma, está en la página de la CNV e YPF hace oferta pública de parte de sus acciones ahí. Hasta hace un tiempo estaba todo esto.

Es de la Coalición Cívica pero esta página explica bastante bien en qué consistió el vaciamiento.

vaciamientodeypf

Obligacion o facultad reafirmada por el inc X del art 17 del Estatuto Social de YPF
Inversores

Y agrego un detalle no menor. El Estado argentino tenía la acción de oro de YPF. La acción de oro, es una acción que le permite a su poseedor vencer a todas las demás acciones y accionistas en una votación interna de una determinada empresa. Este sistema lo puso en vigencia, o al menos lo utilizó en la década del 80, Gran Bretaña. El fin de la acción de oro es la de proteger los intereses de una nación cuando ésta privatiza una empresa de origen estatal; es decir, del gobierno. Dicho de otro modo, por más acciones que tenga a su favor el grupo empresarial que adquiere una empresa estatal, jamás podrá realizar maniobras fraudulentas que le permitan perjudicar al país que la privatizó, siempre que el representante del gobierno en el directorio de la empresa utilice la acción de oro.

Es lo que no ocurrió con YPF. El gobierno argentino tiene la acción de oro, y nada podrían haber hecho los accionistas españoles sin el correspondiente aval del representante argentino en el directorio de la empresa. En este caso, Roberto Baratta que depende jerárquicamente de manera directa de Cameron y de manera indirecta de Julio De Vido.

Pego de wikipedia la historia de las privatizaciones para que vean que a grandes rasgos nunca se deshizo el Estado de esa acción de oro.

Privatización

Antiguo paquete accionario de Repsol-YPF, antes de la expropiación.

Paquete accionario actual de YPF, luego de la expropiación por el Estado Nacional.
Como la mayoría de las empresas públicas argentinas, fue reestructurada durante el gobierno de Carlos Saúl Menem en el marco del neoliberalismo económico que entonces se practicaba en el país. Entre 1989 y 1992, se llevaron a cabo las principales reformas. El primer paso en este proceso de enajenación fue el cambio de tipo societario de Yacimientos Petrolíferos Fiscales (que era una Sociedad del Estado) para convertirse en una Sociedad Anónima (YPF S.A.). En 1993 el Estado mantenía el 20% de las acciones y la acción de oro, y un 12% quedaba en manos de los estados provinciales. El sector privado era propietario del 46% del accionariado y lo componían bancos y fondos de inversión de diversos países. En 1998, el sector privado ya poseía casi el 75% de las acciones, aunque el Estado mantenía la acción de oro.
Finalmente, la privatización culminó en 1999, cuando el Estado argentino vendió a Repsol un 14,99% de las acciones de YPF, efectuando aquella una Oferta Pública de Acciones (OPA) sobre el resto de capital. La transacción le costó a la petrolera española 13.437 millones de euros y permitió a Repsol convertirse en la octava productora de petróleo del mundo y la decimoquinta compañía energética.17 18
El Estado argentino percibió ingresos por la privatización de YPF entre 1992 y 1999 por 20,269 millones de dólares, de los cuales 15,169 millones de dólares correspondieron a la adquisición realizada por Repsol en 1999.
En diciembre de 2007, el Grupo Petersen, conglomerado argentino de empresas al mando de Enrique Eskenazi, compró el 14,9% de YPF S.A., pasando al año siguiente a tener un 15,46%. El 4 de mayo del 2011 aumentó su participación accionaria en la compañía en un 10%. Para el 31 de diciembre de 2011 el Grupo Petersen poseía el 25,46% de YPF, la compañía Repsol el 57,43%, el 17,09% restante estaba en manos de inversores privados, flotando en bolsa, y un 0,02% en poder del Estado argentino, que conservaba la acción de oro.19
Según datos oficiales, en el año 2012, YPF controla el 32% de la producción de hidrocarburos y el 23% de la de gas.20

Acá si no hubo complicidad al menos hubo negligencia. Sumado a que es vox populi que Eskenazi era testaferro de Néstor y que el quilombo se disparó cuando al momento de la muerte de Néstor, Cristina quiso reclamar su parte y el otro boludo se quiso hacer el vivo diciendo que era todo de él.

¿Cómo que las sociedades anónimas no se rigen por la ley de sociedades? (además del estatuto, en lo que la ley deja librado a la voluntad de los socios, desde ya)

A ver, La segunda parte de la 19.550 habla de cada sociedad en particular. YPF es (o al menos lo era mientras estuvo en manos de REPSOL) una S.A, hasta ahí estamos de acuerdo? Entonces hay que remitirse al capítulo o sección que habla de las S.A.

Mi pregunta es muy puntual: ¿qué norma legal establecía que REPSOL, para aprobar el balance de YPF y distribuir dividendos, requería de la firma del representante del Estado?

Alejo, dije que no había regulación específica de las sociedades anónimas con participación estatal, no de las sociedades anónimas que obviamente sí están reguladas.

El tema es que en la realidad Barratta firmó los balances y avaló esas distribuciones de dividendos no ejerciendo el derecho de veto que le otorga la acción de oro de YPF que nunca fue cedida.

Te referís a esto?

x) Aprobar y someter a la consideración de la asamblea la Memoria, Inventario, Balance General y Estado de Resultados de la Sociedad proponiendo, anualmente, el destino de las utilidades del Ejercicio.

Seguimos en la misma. ¿Dónde dice que sin la firma de Baratta (o quien fuere el representante del Estado), REPSOL no podía girar las utilidades?


Sí hay regulación específica, por caso, para las que tienen una participación estatal mayoritaria, como es el caso de YPF HOY EN DÍA:

De la Sociedad anónima con participación Estatal Mayoritaria

Caracterización: Requisito.

ARTICULO 308. — Quedan comprendidas en esta Sección las sociedades anónimas que se constituyan cuando el Estado nacional, los estados provinciales, los municipios, los organismos estatales legalmente autorizados al efecto, o las sociedades anónimas sujetas a este régimen sean propietarias en forma individual o conjunta de acciones que representen por lo menos el Cincuenta y uno por ciento (51 %) del capital social y que sean suficientes para prevalecer en las asambleas ordinarias y extraordinarias.

http://www.cnv.gov.ar/LeyesYReg/Leyes/19550.htm

Leyendo esta sección de la ley te das cuenta de que el 51% (porcentaje de acciones expropiadas) no es arbitrario. El Estado como accionista minoritario (tuviere acción de oro o no) no podía impedir que REPSOL, como accionista mayoritario, decidiera la distribución de las ganancias.

Alejo: Con la acción de oro podías vetar cualquier decisión incluida la distribución de las ganancias. No se hizo y Baratta firmó avalando esas resoluciones. No sé qué vuelta le querés encontrar al asunto pero no la hay. El 51% lo que le da es la chance de plantear el rumbo de hacia dónde quiere que YPF vaya pero vetar las decisiones que perjudiquen al Estado Nacional era una potestad que ya tenían. Por eso no pueden hacerse los boludos con el vaciamiento.

Ojo, eso no quita que en algún año, el Estado haya podido haber votado a favor de la aprobación balance, como cualquier accionista minoritario sin poder de decisión (al menos en el ejercicio del 2011 vemos en el artículo del diario “repsolista” El País que no lo hizo).

También hay que recordar que hasta hace poco el Estado no tenía representación política en las empresas de las que era accionista, recién a partir de un decreto de Cristina (luego de heredar acciones en distintas empresas con el traspaso de las AFJP) comienza a hacerse efectivo el goce de los derechos políticos que otorgan las acciones (digo, para que no afirmemos erróneamente que el Gobierno aprobó los balances de Repsol desde el 2003).

No tiene poder de decisión pero tiene poder de veto, si el Estado argentino no aprobaba la distribución de dividendos que usaron para inversiones en el exterior en vez de reinvertirlos acá cómo corresponde para cumplir con las inversiones mínimas comprometidas, acá no estábamos hablando del escenario en que nos encontramos al momento de la nacionalización del 51% de las acciones.

El Estado Nacional hizo la vista gorda ante el vaciamiento, le busques la vuelta que le busques.