zapato
201.255.171.169
Fisiopatología
jaja le pase el link a oca para que entre…
Qué querés marcar un récord?
Aldosivi (MAR DEL PLATA)
No importa raza, religion ni color, exijo amor y locura.
yo tenia eso
[c=1]~El Xavi :·#D The Skype: The.Manu.[/c=4] PAYASA(L·#)
moni dice (17:55):
que?
. dice (17:55):
nada nada
es que vos sabes como soy
a veces me pongo hasta el querreque
moni dice (17:55):
querreque?
. dice (17:56):
albuquerque?
moni dice (17:56):
que es eso?
. dice (17:56):
van a mover a los isotopos a albuquerque!!!
nada nada no me des bola
(nada):roll:
5.178.88.133
ARTICULO 4º — Serán reprimidos con las sanciones que se establecen en el artículo 5º y en su caso 6º, quienes:
a) Elevaren artificial o injustificadamente los precios en forma que no responda proporcionalmente a los aumentos de los costos, u obtuvieren ganancias abusivas;
b) Revaluaren existencias, salvo autorización expresa del organismo de aplicación;
c) Acapararen materias primas o productos, o formaren existencias superiores a las necesarias, sean actos de naturaleza monopólica o no, para responder a los planes habituales de producción y/o demanda;
d) Intermediaren o permitieren intermediar innecesariamente o crearen artificialmente etapas en la distribución y comercialización;
e) Destruyeren mercaderías y bienes; o impidieren la prestación de servicios o realizaren cualquier otro acto, sea de naturaleza monopólica o no, que tienda a hacer escasear su producción, venta o transporte;
f) Negaren o restringieren injustificadamente la venta de bienes o la prestación de servicios, o redujeren sin causa la producción habitual o no la incrementaren, habiendo sido intimados a tal efecto con tres (3) días hábiles de anticipación, en caso de tener capacidad productiva, para responder a la demanda;
g) Desviaren el abastecimiento normal y habitual de una zona a otra sin causa justificada;
h) No tuvieren para su venta —según el ramo comercial respectivo— mercaderías con precios máximos, precios congelados o márgenes de utilidad fijados y al no poseerlas no vendan a dichos precios mercaderías similares de mayor calidad o precio, salvo los eximentes justificados que se establezcan por vía reglamentaria, teniendo en cuenta ramo, habitualidad, modalidad, situación de mercado y demás circunstancias propias de cada caso;
i) No entregaren factura o comprobante de venta, en la forma y condiciones que establezcan las disposiciones reglamentarias;
j) Violaren cualesquiera de las disposiciones que se adoptaren en ejercicio de las atribuciones que se confieren por los artículos 2º y 3º de esta Ley.
04 Rebel Music (3 O’Clock Roadblock)
Fedora Transformation Pack